La abogada que ha ganado el caso contra el centimo sanitario, Irene Mallol
La abogada que ha ganado el caso contra el centimo sanitario, Irene Mallol - EFE

El empresario que forzó a Hacienda a devolver 3.000 millones de euros

El recurso de la firma de transportes J. Besora contra el "céntimo sanitario" llegó a la justicia europea

MADRID Actualizado: Guardar
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Cuando el Tribunal Supremo falló hace unos días a favor de los primeros ocho recursos de los 4.000 que pedían que el Estado aumentara la devolución del "céntimo sanitario" (impuesto a los carburantes que se utilizaba para costear la Sanidad), el montante que Hacienda preveía reembolsar sumó otros mil millones más, hasta los 3.000 millones. ¿La razón? Este tributo había sido declarado ilegal por el Tribunal de Justicia de la UE en 2014 y el Supremo entendía que Hacienda debía devolver los recibos presentados desde que existía el tributo, en 2002, y no solo los de ejercicios no prescritos.

Sin embargo, la historia de esta catarata de devoluciones millonarias no comenzó ni en Bruselas ni en Madrid, sino en la capital de la comarca tarragonesa de la cuenca de Barberá, en Montblanch.

En 2009, Transportes Jordi Besora, una empresa familiar de la zona fundada a principios de los 60, decidió recurrir a los tribunales el impuesto a los carburantes. Entendían que era "fraudulento" y pedían que lo devolvieran. El Tribunal de Justicia de la UE eligió su recurso, entre otros 60, para finalmente declarar ilegal un tributo que había recaudado 13.000 millones desde 2002.

"Nuestro recurso se presentó junto a un grupo de 60 empresas de transporte que demandaban que se nos había cobrado de forma fraudulenta. El Tribunal de Justicia de la UE cogió nuestro expediente como podía haber cogido otro. Cosas de la vida, sin más", explica por teléfono Jordi Besora, gerente de la empresa.

Éxito de la asesora fiscal

Hacienda devolvió finalmente a Besora los impuestos cobrados desde 2005. Él achaca el éxito del procedimiento a Irene Mallol, la asesora fiscal de la empresa, que en 2009 ya entendió que los movimientos de la Unión Europea hacían pensar que este impuesto podía ser "tumbado".

"Primero reclamaron 60 recursos y después se sumaron otros 58 más de la región. Realmente fue el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña el que seleccionó el recurso para consultarlo a la UE", describe Irene Mallol. Cuando en 2014, la UE declara ilegal el impuesto –tras varias sentencias en contra de figuras similares en otros países como Austria y procedimientos de Bruselas contra la misma España–, Hacienda entiende que solo tiene que devolver los ejercicios no prescritos: cuatro años antes de presentar recurso. Como la mayor parte lo hizo a partir la decisión de la UE, la fecha fue desde 2010 a 2013, pero en el caso de Besora, al datar su denuncia de 2009, fue desde 2005. Ahora el Supremo ha tumbado el criterio de Hacienda y entiende que debe devolver desde 2002. "La mayor parte de transportistas aceptaron la solución de Hacienda y desistieron de continuar recurriendo ejercicios anteriores. Solo continuaron los grandes que se podían permitir las costas judiciales", explica Clara García, de Sala&Serra abogados.

Besora admite que él no recurrió porque era "complicado" encontrar los recibos anteriores antes de 2005. "Además, antes el impuesto era más bajo, así que la mayor parte de lo que nos debían era de la época que Hacienda ya nos había devuelto". Solo los que recurrieron ante el Consejo de Ministros después de la sentencia de la Unión Europea pueden ahora beneficiarse del fallo del Supremo. Su plazo acabó en abril de 2015.

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