Consulte si tu Comunidad permite degravarte los gastos de la «vuelta al cole»

Hay regiones en las que es posible que las familias se degraven los gastos escolares en la declaración de la renta

Fernando Morales

En España, la escolarización es obligatoria hasta los 16 años. Durante esos años, aunque haya diferentes ayudas económicas para hacer frente a los gastos, se calcula que cada familia, según la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), se gaste de media 1.993 euros por hijo.

Bien es cierto que existen subvenciones y ayudas por parte de la administración que ayudan a hacer frente a un gasto necesario para la educación de nuestros hijos. Pero, aunque hay becas que reparte el Ministerio de educación, también hay comunidades autónomas que aportan un plus a las familias. Y es que, a pesar de que esto no sea conocido por todos, hay regiones en las que es posible que las familias se degraven los gastos escolares en la declaración de la renta.

La primera de ellas, por orden alfabético, es Aragón . Allí, las familias se pueden deducir el 100% de los pagado por libros de texto y material escolar en primaria y secundaria obligatoria dentro de unos límites, marcados por los ingresos de la familia. De esta forma, las familias no numerosas con declaraciones conjuntas que tengan unos ingresos no superiores a 12.000 euros pueden ahorrar, de esta manera, 100 euros por hijo; aquellas que tengan unos ingresos de entre 12.001 y 20.000,00 euros podrán ahorrar 50 euros por hijo mientras que si se tienen unos ingresos de entre 20.000,01 y 25.000,00 euros, será posible deducirse 37,50 euros por hijo. En familias numerosas, por cada descendiente se podrá deducir una cuantía fija de 150 euros.

En las declaraciones individuales la cosa varía. En Aragón, aquellos contribuyentes para los que la cantidad resultante de la suma de la base imponible general y la base imponible del ahorro no sea superior a 6.500 euros, podrá deducirse 50 euros por hijo. En el caso de que este valor esté comprendido entre 6.500,01 y 10.000 euros, será posible deducirse 37,50 euros por hijo y, en el caso de que sea entre 10.000,01 y 12.500,00 euros, será posible deducirse 25 euros por hijo. Para las familias numerosas, la deducción será de hasta 75 euros.

En Asturias también es posible degravarse el 100% de lo pagado por libros de texto y material escolar. En el caso de que la base imponible en la Tributación conjunta sea inferior a 12.000,00 euros, las familias podrán deducrise hasta 100 euros por descendiente. Si la base familiar es entre 12.000,01 y 20.000,00, será posible deducirse 75 euros por hijo, mientras que si la base es entre 20.000,01 y 25.000,00 euros la deducción será de 50 euros por hijo.

Sin embargo, si la tributación es individual y la base imponible no es superior a los 6.500,00 euros, será posible deducirse hasta 50 euros por descendiente. Si la base se sitúa entre 6.500,01 y 10.000,00 euros, esta deducción tendrá como límite los 37,50 euros por hijo. Por último, si la base imponible se encuentra entre los 10.000,01 y 12.500,00 euros, la deducción tendrá un límite de 25 euros por hijo.

En las Islas Baleares también es posible esta deducción. Para la tributación conjunta, si la base imponible es inferior a 10.000 euros, será posible deducirse hasta 200 euros por niño. Si esta se sitúa entre los 10.000 y los 20.000 euros, el ahorro será, como límite, de 100 euros por hijo y si, esta base se sitúa entre los 20.000 y 25.000 euros, la deducción será de 75 euros por descendiente. Pero, para las declaraciones individuales los límites son diferentes. Para las bases de hasta 6.500 euros, será posible deducir hasta 100 euros por hijo. Si es entre 6.500 y 10.000 euros, la deducción será de 75 euros por niño y, si se sitúa entre los 10.000 y los 12.500 euros, será posible deducir 50 euros por niño.

En las Islas Canarias , la deducción asciende hasta 1.500 euros por gastos de estudios por descendiente y 1.600 euros cuando la base liquidable sea inferior a 33.007,2 euros. Pero, esta ayuda se limita a los estudios de educación superior que duren un año o 30 créditos fuera de las Islas. A ello, hay que añadirle que el descendiente no podrá ingresar más de 6.000 euros por su cuenta y la base imponible del contribuyente no puede ser superior a los 52,000 euros en declaración conjunta ni los 39,000 en declaración individual.

En Castilla La-Mancha se puede degravar el 100% de los gastos en libros de texto para educación básica más un 15% del gasto en enseñanza de idiomas, pero siempre con los límites de la base imponible. En declaraciones conjuntas, hasta los 10.000 euros, se podrá deducir, como mucho, 100 euros por niño. Entre los 10.000 y los 20.000 euros, 50 euros por hijo y entre los 20.000 y los 25.000 euros, hasta 37,5 euros por descendiente.

En el caso de las declaraciones individuales, si la base es inferior a 6.500 euros, la deducción será de hasta 50 euros por niño. Si la base se encuentra comprendida entre los 6.500 y los 10.000 euros, la deducción será de 37,5 euros por hijo y si está entre los 10.000 y los 12.500 euros, la deducción será de 50 euros. En el caso de las familias numerosas, podrás degravarse 75 euros por niño siempre que la base no sea superior a los 30.000 euros.

En Extremadura , las familias podrán degravarse hasta 15 euros por la compra de material escolar pero siempre que, teniendo un hijo no mayor de 15 años y la base imponible no sea superior a 19.000 euros en caso de tributación individual o a 24.000 en caso de tributación conjunta.

En Madrid también pueden degravarse el 15% de los gastos de escolaridad, el 10% de los gastos en idiomas siempre que sea en centros oficiales o en actividades extraescolares dependiente del colegio y un 5% del gasto en uniformes, siempre que sea obligatorio. En total, cada madrileño se puede obtar a una deducción de un máximo de 400 euros por hijo para degravar por enseñanza de idiomas y vestuario y de 900 cuando además se sume la escolaridad, que solo se aplicará en el caso de las escuelas totalmente privadas.

En Murcia es posible desgravarse un 15% para guardería y centros escolares para familias, a las que hay que sumar 100 euros por niño para la adquisición de libros de texto en segundo ciclo de infantil, primaria y secundaria obligatoria pero teniendo en cuenta que, si la declaración es individual, las familias no pueden tener una base de más de 25.000 euros. Sin embargo, para el resto de familias el límite se sitúa en los 15.000 euros. Por otro lado, si la declaración es conjunta, en Murcia, las familias numerosas tienen que tener una base de no más de 40.000 euros. Para el resto, el límite está en los 30.000 euros.

Valencia es la última Comunidad que lo permite. Así, la deducción asciende a 100 euros por niño para material escolar si se está en paro y si la base imponible no supera los 25.000 euros en tributación individual ni los 40.000 en tributación conjunta. A ello hay que añadirle un 15% del dinero destinado a guarderías y centros de primer ciclo de educación infantil.

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