Competencia multa a Telefónica con 8,5 millones de euros por no cumplir con sus obligaciones regulatorias

La operadora es sancionada por la oferta «irreplicable» para cualquier competidor que presentó a un concurso del Gobierno Vasco en 2015, resolución que recurrirá al considerarla «ilegal e injusta»

El presidente de Telefónica, José María Álvarez Pallete

EFE

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado este miércoles a Telefónica con 8,5 millones de euros por incumplimiento de las obligaciones regulatorias que tiene establecidas como operador con poder significativo de mercado al presentar una oferta «irreplicable» para sus competidores. Una medida que la multinacional española va a recurrir al considerarla «ilegal e injusta» , además de «impredecible» a la luz de las circunstancias del concurso.

El caso se remonta a 2015, cuando Telefónica se presentó a un concurso convocado por el Gobierno vasco y logró, ya en enero de 2016, parte del contrato para la prestación de servicios de telecomunicaciones para diversos edificios de la administración autonómica, ha informado hoy este organismo en un comunicado.

Antes de la adjudicación, el operador vasco Euskaltel denunció ante Competencia que la oferta económica presentada por Telefónica no era replicable por un hipotético operador de empresas atendiendo principalmente a las condiciones reguladas de los servicios mayoristas que los operadores contratan a Telefónica.

Tras analizar los datos, la CNMC ha concluido que la oferta económica de Telefónica para parte de ese concurso no es replicable por un operador eficiente y generalista con red propia desplegada como Euskaltel, es decir, que ese operador obtendría una rentabilidad negativa al prestar los servicios incluidos en la oferta de Telefónica mediante el uso de las ofertas mayoristas disponibles en el mercado.

«Irreplicabilidad económica»

Por tanto, Telefónica ha incurrido, a juicio de la CNMC, en lo que se denomina: una práctica de «irreplicabilidad económica» , que está prohibida por las Resoluciones de los mercados mayoristas de banda ancha y de líneas alquiladas terminales.

De acuerdo con las obligaciones impuestas a Telefónica derivadas de su posición como operador con poder significativo de mercado, la compañía tiene prohibido llevar a cabo prácticas anticompetitivas , como reducciones de precios contrarias a la regulación sectorial.

En su comunicado, la propia CNMC ha recordado que Telefónica podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.

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