Competencia multa a Naturgy con 1,2 millones por cambiar de tarifa a clientes con información incompleta

La compañía recomendó este cambio tarifario a 48.700 usuarios, sin informarles del incremento del precio del suministro que suponía la modificación de las condiciones contractuales, de entre un 8% y un 14%, según la CNMC

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) sostiene que la compañía no informó de que la nueva tarifa suponía pagar más ABC

EUROPA PRESS

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha multado con 1,2 millones de euros a Gas Natural Servicios (actualmente denominada Naturgy Iberia) por incumplir las medidas de protección al consumidor, recogidas en la Ley del Sector de Hidrocarburos.

En concreto, la compañía recomendó cambiar la tarifa de gas a 48.700 clientes , sin informarles del incremento del precio del suministro que suponía el cambio de condiciones contractuales. El cambio en las condiciones de sus contratos encareció sus facturas entre el 8 y el 14% , según ha denunciado el organismo presidido por José María Marín Quemada.

La CNMC ha tenido conocimiento de este caso a través del escrito remitido por una asociación de consumidores. En éste, se informaba de que Naturgy Iberia estaba remitiendo comunicaciones comerciales a clientes con contratos de gas en el mercado libre mediante las que les ofrecía cambiar de tarifa sin informar debidamente sobre los cambios de condiciones en sus contratos o el aumento de precio.

Durante la instrucción del expediente, la CNMC ha comprobado que la compañía ofertó a 48.700 clientes que tenían contratada una tarifa referenciada a la Tarifa de Último Recurso, a otra tarifa denominada Estable. Lo hizo, según explica la CNMC, sin indicar con claridad su repercusión económica, y sin informar al consumidor de que la nueva tarifa suponía un incremento en el precio del suministro.

Según ha comprobado Competencia, la nueva oferta ha supuesto un incremento de la factura de entre un 8% y un 14% (entre 30 y 42 euros al año, según el consumo del punto de suministro). Además, Naturgy ha indicado que la nueva tarifa se aplicaría de manera automática en la próxima renovación, salvo que el cliente llamara a un teléfono gratuito solicitando mantener la tarifa actual.

La comunicación de Naturgy ha incumplido los apartados f) y g) del artículo 57.bis de la Ley del Sector de Hidrocarburos, al no haber informado debidamente de la modificación del contrato y del incremento de precios a los consumidores de manera transparente y comprensible. En consecuencia, la CNMC ha considerado que Naturgy Iberia es responsable de una infracción grave de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 110 t) de la Ley del Sector de Hidrocarburos.

La CNMC ha recordado que esta resolución pone fin a la vía administrativa y se podrá interponer contra ella recurso contencioso administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación.

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