El ministro de Energía, Álvaro Nadal, en el Consejo de Ministros
El ministro de Energía, Álvaro Nadal, en el Consejo de Ministros - EFE

El bono social cofinanciará las facturas de la luz impagadas

El Gobierno regulará las ayudas en la factura de electricidad en función de la renta del cliente

MADRID Actualizado: Guardar
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El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un real decreto ley que establece un nuevo mecanismo de financiación del bono social de electricidad, así como diversas medidas de protección para los consumidores vulnerables.

La novedad está en que el coste de los impagos de facturas para evitar esos cortes será cofinanciado por las eléctricas a través del bono social.

Este supone un descuento del 25% en la factura final de electricidad y pueden acogerse a él los consumidores más vulnerables, un colectivo que actualmente incluye a las familias con todos sus miembros en situación de desempleo, a los perceptores de pensiones mínimas, a las familias numerosas y a los consumidores con potencia contratada inferior a 3 kilovatios. Actualmente existen 2,4 millones de hogares acogidos al bono social.

Debido a una reciente sentencia del Tribunal Supremo, la financiación del bono social había quedado invalidada, aunque los consumidores vulnerables podían continuar acogiéndose al mismo.

Con este real decreto ley se restablece la financiación del bono social que será asumido por las comercializadoras de energía eléctrica.

La norma establece que no podrá suspenderse el suministro eléctrico a los consumidores en situación de especial vulnerabilidad que estén siendo atendidos por los servicios sociales de las administraciones públicas competentes.

Actualmente, la ley del Sector Eléctrico ya contempla una serie de suministros considerados esenciales a los que en ningún caso podría suspenderse el suministro eléctrico (cárceles, hospitales, etc...). Con esta medida se pasa a incluir también a los consumidores en situación de vulnerabilidad severa. Se establece asimismo que las comercializadoras eléctricas cofinanciarán una parte de los gastos que las administraciones competentes estén ya realizando para atender a estos consumidores.

Se amplía de dos a cuatro meses el plazo para suspender el suministro a determinados grupos de consumidores vulnerables en caso de impago. Se da un mandato al Gobierno para que, en el plazo de tres meses, desarrolle la normativa necesaria para establecer los términos y condicionesde aplicación de estas medidas de protección al consumidor, así como para impulsar medidas de protección y de mejora de la transparencia en la contratación del suministro de los consumidores vulnerables.

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