El exvicepresidente del Gobierno Rodrigo Rato
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La Audiencia Nacional rechaza la competencia para investigar el caso Rato

El juez del caso Bankia explica que el supuesto blanqueo se ha cometido desde España

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El juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu, el instructor del caso Bankia, ha rechazado la competencia para investigar el caso Rato, por el que el exvicepresidente del Gobierno Rodrigo Rato está acusado de cinco delitos fiscales y uno de blanqueo de capitales. El juez ha devuelto la causa al juez de instrucción número 31 de Madrid, Antonio Serrano Artal, al rechazar su inhibición.

En un auto, Andreu explica que el único delito que podría motivar la competencia de la Audiencia Nacional, el de blanqueo de capitales, se ha cometido desde España, donde tuvo lugar toda la actividad criminal dirigida a ocultar los supuestos fondos de procedencia ilegal del exministro. Lo único que sucedió fuera de España, expresa el juez, fue una inversión en un negocio de hostelería en Berlín.

El magistrado, quien expone los criterios que fijan la competencia de la Audiencia Nacional, también apunta que los delitos precedentes al blanqueo, los delitos fiscales y el de corrupción entre particulares, solo recaerían en el tribunal si existiera grave perjuicio para la economía nacional, algo que no sucede en este supuesto. Por eso, el único delito que podría arrastrar la causa sería el de blanqueo.

En el presente caso el juez concluye que fue en Madrid donde se residenció toda la actividad criminal, "donde se urdió la trama, donde se transfirieron las cantidades de dinero que presuntamente se habrían obtenido ilícitamente, donde se habrían cometido los delitos precedentes y desde donde, en definitiva, se habrían realizado todas las actividades dirigidas a la presunta ocultación y transformación de las ganancias ilícitas". No es, por tanto de su competencia, quien también rechaza unir la causa al caso Bankia, donde investiga irregularidades de la entidad en su salida a Bolsa.

Para devolver el acuerdo al juez de Madrid, Andreu acude a un acuerdo no jurisdiccional de la sala segunda del tribunal que en 2005 dictaminó que en estos casos la causa recaería en el primer juez que se puso al mando de la investigación. Por este proceso ya está en prisión el empresario Alberto Portuondo, cuyas empresas actuaron supuestamente como sociedades pantallas para facilitar el blanqueo

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