Revocan la sentencia que anuló la prohibición de los toros en la plaza de San Sebastián

La normativa estatal dicta que las corridas taurinas son «patrimonio cultural»

La plaza de toros de Illunbe
Adrián Mateos

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El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha revocado la resolución que dejó sin efecto la prohibición de celebrar corridas de toros en la plaza Illunbe de San Sebastián , la cual fue decretada en 2013 por el Gobierno de EH Bildu. Dicha sentencia fue dictada el año pasado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de la capital guipuzcoana después de que el PP recurriera los pliegos de condiciones para el alquiler de las instalaciones. Entonces, los jueces consideraron que la decisión de los radicales no tenía en cuenta el marco normativo vigente sobre la celebración de este tipo de espectáculos.

En concreto, los magistrados informaron de que tanto en la Ley estatal para la Regulación de la Tauromaquia como en la normativa del País Vasco se cita el «deber de la protección» de las corridas «en su condición de patrimonio cultural » por parte de los poderes públicos, los cuales deben garantizar su «conservación» . A pesar de que EH Bildu perdió las elecciones en mayo de 2015 y el nuevo equipo de Gobierno, formado por PNV y PSE, volvió a autorizar el alquiler de la plaza de Illunbe con el fin de garantizar los festejos taurinos de agosto, el Ayuntamiento recurrió la anulación de los pliegos de condiciones ante el TSJPV , que finalmente ha confirmado sus pretensiones en una sentencia que podrá ser recurrida ante este mismo tribunal o ante el Supremo.

No fueron prohibidos

En este sentido, el texto, al que tuvo acceso Efe, destaca que el Consistorio donostiarra «no ha podido prohibir» actividad taurina ni espectáculo alguno, pues de haberlo hecho habría « usurpado facultades que están en poder de la Comunidad Autónoma y del propio legislador estatal». A su vez, el TSJPV enmarca la aprobación de los pliegos en el ámbito de la «prestación de servicios de titularidad municipal» a través de una gestión directa con un contrato para la explotación durante dos años de la plaza .

Por otro lado, la sentencia considera que la plaza de toros de Illunbe no puede ser destinada a un «uso específico» a pesar de que disponga de «características y elementos idóneos de origen» como coso taurino «habida cuenta de la multiplicidad de actividades a que ha dado lugar a lo largo de su trayectoria». De hecho, en estas instalaciones se han disputado en los últimos años eventos tan dispares como partidos de baloncestos o conciertos de música, entre otros.

Por todo ello, la sala confirma los pliegos de condiciones para el alquiler de Illunbe aprobados en 2013, aunque aclara que esta decisión no tendrá efectos tangibles al encontrase «agotado» el conflicto de intereses, «al punto de que parecen no subsistir actualmente la razones que dieron origen al proceso».

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