ESPAÑA

El PSOE prohíbe a sus cargos aceptar regalos por valor superior a 60 euros

Obligará a sus imputados a dimitir cuando se les abra juicio oral y se reserva tomar otras medidas previas según la gravedad de los casos

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El caso de los ERE fraudulentos de Andalucía, los falsos cursos de formación, los 1,4 millones de euros ocultados al fisco por el histórico dirigente de UGT José Ángel Fernández Villa, la vergüenza de las tarjetas opacas de Caja Madrid de las que disfrutaron dieciséis militanes socialistas... El PSOE se enfrenta a una acumulación de escándalos que impide que su discurso traspase la barrera del escepticismo y la indignación ciudadana. Y busca un antídoto. Apenas 24 horas después de publicar sus cuentas, junto a la declaración de renta y patrimonio de sus dirigentes y cargos parlamentarios, la dirección del partido aprobó el viernes un código ético que ya está en vigor para todos sus cargos pero también para los militantes. Entre sus principales exigencias está la prohibición de aceptar regalos cuyo valor supere los 60 euros a aquellos que tengan algún tipo de responsabilidad pública u orgánica. Pero hay más.

Obsequios sí, pero con límites

El documento, presentado ayer en un foro sobre calidad democrática organizado por el partido en Madrid, no sólo obligará a rechazar objetos físicos que puedan superar el citado importe. Habla también de regalos «en efectivo o en especie» y de «favores o servicio que procedan de una persona físia o jurídica relacionada directa o indirectamente con su actividad política, orgánica o administrativa». Además, aclara que tampoco se podrán acumular regalos de la misma persona, organismo o empresa que sumen un valor superior a los cien euros en un año. De recibirlos pese a su negativa, los cargos en cuestión deberán devolverlos en el plazo de cinco días y, si no fuera posible, se integrarán en el patrimonio de la administración a la que pertenezcan o se donarán a una entidad sin ánimo de lucro.

Dimisión si hay juicio oral

¿Cuándo debe dimitir un cargo imputado, por ejemplo, por corrupción? Es una de las cuestiones que no está legalmente resuelta en España. El exministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón, se había comprometido a abordarlo en la reforma del Código Procesal Penal y el PP quería pactar el asunto dentro del paquete de medidas para la regeneración democrática que debe negociarse en este periodo de sesiones. Los socialistas fijan su propio criterio. Es el que siguió, por ejemplo, en el caso del exministro de Fomento y exvicesecretario general del partido, José Blanco, imputado por el 'caso Campeón': la dimisión será obligatoria sólo en el momento en que se abra juicio oral por un procedimiento penal. Ahora bien, los imputados tendrán que informar de su causa a la dirección del partido para que esta decida, en función de la gravedad de los hechos que se le adjudiquen, si toma alguna medida estatutaria. Además, los cargos del PSOE se comprometen a no solicitar el indulto cuando sean condenados por delitos graves o de corrupción, violencia de género, acoso y discriminación, contra la libertad e indemnidad sexuales, torturas o integridad moral.

Dedicación exclusiva

En el grupo parlamentario socialista sentó mal el modo en el que Pedro Sánchez anunció que se impediría a los diputados y senadores ejercer sus cargos «a tiempo parcial» y que, de ahora en adelante, nadie podría dedicarse a actividades complementarias no relacionadas con la política ni cobrar por las que desempeñe relacionadas con ella (tertulias, conferencias, clases esporádicas...); algo que él mismo hacía hasta hace pocos meses. El revuelo llevó al secretario de Organización, César Luena, a matizar que la incompatibilidad se refería a negocios, despachos de abogados o actividades similares. Pero el código aprobado confirma la interpretación más restrictiva de la propuesta.

Renuncia a sobresueldos

Los cargos orgánicos del PSOE que cobren por sus responsabilidades públicas en parlamentos, ayuntamientos, etc, se comprometen a no recibir ningún sobresueldo o «complemento retributivo» del partido si no están «integrados en los baremos salariales aplicables al cargo que ejercen». Además, los representantes de la formación están obligados a declarar el dinero que reciban en concepto de dietas de asistencia a los órganos de las entidades en las que actuan en nombre del PSOE y han de acreditar mediante certificado del pagador, ante la dirección, las cuantías percibidas.