'efecto loft'

El Tribunal Supremo abre la puerta a la conversión de locales comerciales en viviendas

Una sentencia, que sienta jurisprudencia, deja claro que sólo la oposición expresa en los estatutos de la finca frena esos cambios de uso

MADRID Actualizado: Guardar
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La crisis ha disparado la aparición de apartamentos o 'lofts', como los llaman los modernos, en locales comerciales vacíos de toda España. Un paso que en ocasiones provoca controversias en las comunidades de vecinos, y que desde ahora queda algo más claro gracias al Tribunal Supremo. La sala primera de lo Civil del Alto Tribunal ha sentenciado que las limitaciones o prohibiciones sobre el cambio de uso -de local comercial a vivienda- han de constar de forma expresa en los estatutos de la finca y aparecer inscritos en el Registro de la Propiedad.

La sentencia, dictada a finales del pasado año, pone fin a un litigio iniciado en 2003 por una comunidad de propietarios del suroeste de Madrid. Los vecinos pretendían que la justicia obligara a uno de ellos a deshacer las obras que realizó en su casa para transformar un despacho comercial en una vivienda. Algo que fue rechazado primero por un juzgado de primera instancia primero y, después, por la Audiencia Provincial.

El caso llegó, vía recurso de casación, hasta el Supremo, que ha incluido la sentencia en la denominada 'colección legislativa' o, lo que es lo mismo, ha creado jurisprudencia. El texto subraya la "necesidad de que consten de manera expresa las prohibiciones y limitaciones referidas a la realización de determinadas actividades o al cambio de uso del inmueble, y su inscripción en el registro de la propiedad, para que sean oponibles a terceros". Se da la circunstancia de que en el caso juzgado, la finca no tenía estatutos.

A falta de esa prohibición expresa, señala el Alto Tribunal, "prevalece el derecho de los copropietarios a utilizar su derecho a la propiedad como consideren más adecuado". Las obras del piso en cuestión no alteraron ni los coeficientes de propiedad ni la estructura esencial de la casa, algo que la comunidad trató sin éxito de hacer ver al tribunal.

El Consejo General de Colegios Administradores de Fincas de España explica que el 'efecto loft' ha sido todo un éxito en los últimos años, y aclara que la conversión de locales comerciales en viviendas no ha generado grandes controversias. Esta sentencia dulcificará aún más esta práctica, ya que la media del parque inmobiliario nacional tiene entre 50 y 60 años y hace medio siglo a nadie se le ocurría prohibir en los estatutos estos asuntos.