TRIBUNALES

Condena de diez años de prisión para García Gallardo y absueltos Osuna y Fedriani en el 'caso Quality Food'

La Audiencia de Cádiz considera que «no ha quedado acreditada responsabilidad alguna» en todos los procesados en los hechos y delitos que se les atribuían

La Sección Tercera impone también cuatro años de cárcel al exdirector de la sucursal bancaria investigado en la causa

La Sala cree que el empresario cometió los delitos de estafa, falsedad en documento mercantil y apropiación indebida, mientras que no ve probado que el exdelegado y exjefe de gabinete «se hubieran concertado» con él

De izquierda a derecha, Miguel Osuna, Manuel García Gallardo y José Manuel Fedriani.

M. Almagro

Tras varios meses de deliberación la Audiencia Provincial de Cádiz ha emitido este martes sentencia por el conocido como caso 'Quality Food' , que llegó a la sala de vistas el pasado mes de marzo para decidir si se había tejido o no una trama para estafar a la Zona Franca de Cádiz a través del empresario isleño Manuel García Gallardo y su familia con la puesta en marcha en el año 2000 de la compañía alimenticia Quality Food, cuando era delegado del Consorcio fiscal Miguel Osuna, del Partido Popular. Se les acusaba de maquillar las posibilidades de negocio de esta firma de productos alimenticios para obtener sucesivas operaciones crediticias que generaron a la postre «un grave perjuicio en el erario público», según mantenía la acusación.

Pues bien, la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cádiz ha condenado a penas de diez y cuatro años de cárcel a dos de los acusados en este caso y ha absuelto a las otras cuatro personas que fueron juzgadas durante los pasados meses de febrero, marzo y abril.

En la sentencia de 277 páginas , que ha sido notificada hoy a las partes personadas en el procedimiento y facilitada a este periódico por el Tribunal de Justicia de Andalucía (TSJA), la Sección Tercera condena al presidente del Consejo de Administración de Quality Food Alimentaria, el empresario isleño Manuel García Gallardo, a diez años de prisión. En concreto, le impone cuatro años de cárcel y el pago de una multa de 5.400 euros por un delito de estafa agravada en concurso medial con un delito de falsedad en documento mercantil .

Asimismo, condena a este mismo acusado, por un delito de apropiación indebida en concurso real con un delito de falsedad documental , a tres años de cárcel y el pago de una multa de 9.000 euros, y a otros tres años de prisión y 8.400 euros de multa por dos delitos de apropiación indebida agravada , concurriendo en todos los delitos mencionados la atenuante simple de dilaciones indebidas.

El tribunal también condena al director de una sucursal bancaria, Víctor Ocaña, a cuatro años de cárcel y el pago de una multa de 5.400 euros por un delito de estafa agravada en concurso medial con un delito de falsedad en documento mercantil con la atenuante de dilaciones indebidas. En concepto de responsabilidad civil, ambos indemnizarán conjunta y solidariamente a Quality Food Alimentaria en la cantidad de 367.655 euros, una condena que se hace extensible a una vocal del consejo de administración de la empresa, madre del principal condenado, como partícipe a título lucrativo y en el porcentaje en que resultó beneficiada en la operación juzgada.

Asimismo, el tribunal condena al responsable de Quality Food a indemnizar a la empresa con 594.828,89 euros.

Absueltos cuatro de los seis acusados

De otro lado, la Audiencia absuelve a los otros cuatro acusados , entre los que se encuentran el que fuera delegado del Estado en el Consorcio de la Zona Franca de Cádiz, Miguel Osuna, que ha sido defendido como ya lo fuera en el 'caso Rilco' (del que también resultó absuelto) por el letrado Felipe Meléndez. El tribunal considera en todos los casos que «no ha quedado acreditada responsabilidad alguna» en los hechos y delitos que se les atribuían por las acusaciones.

A juicio del tribunal, no ha quedado tampoco probado que Osuna y el acusado José Manuel Fedriani «se hubieren concertado» con el principal condenado «para llevar a cabo todas o alguna de las conductas» enjuiciadas «como parte de un plan destinado a despatrimonializar a la sociedad Quality Food, conocedores de que la misma recibía grandes sumas de dinero público de Sogebac, como socio de la misma».

Lo que sí queda acreditado para este órgano es que «el móvil que determinó su actuar, sin duda con cierto grado de irregularidad , fue tratar de evitar las consecuencias negativas de carácter financiero que de buen seguro se habrían producido para Quality Food y , en consecuencia , para los intereses de Zona Franca, poniendo en riesgo la viabilidad de un proyecto que desde las distintas instancias del poder político se había coincidido en reconocer como una buena oportunidad para reforzar el tejido industrial de la provincia».

Por otro lado, el tribunal se refiere al caso de la madre del principal condenado , que ha sido absuelta, al considerar que «se limitó, bajo la plena confianza que tenía depositada en su hijo por razón de dicho vínculo, a votar y firmar todas aquellas propuestas y documentos que el mismo le pedía que hiciera, sin llegar a participarle su verdadero propósito, el fin por él perseguido que implicaba la obtención de un beneficio económico indebido mediante operaciones engañosas y a costa de su socio institucional, sin que la acusada, por sus nulos conocimientos en la materia, pudiera llegar a comprender la trascendencia ni consecuencias de los mismos», no obstante lo cual «sí que resulta acreditado que se benefició económicamente de las actuaciones de su hijo por las que ahora se le condena» y, por tanto, sí ha sido condenada al pago de una multa.

En la sentencia, la Sección Tercera de la Audiencia recuerda que las presentes actuaciones fueron incoadas en mayo de 2005, siendo remitidas a la Audiencia Provincial en octubre de 2017, «por lo que han tardado más de 14 años en ser enjuiciadas en esta primera instancia, consecuencia de la pluralidad de investigados, algunos de los cuales su localización ha resultado dificultosa, así como y sobre todo por la extraordinaria complejidad de los hechos investigados, que han requerido de un importante acopio de material documental y de varias periciales de dilatada confección, a lo que hay que sumar la combativa intervención procesal de las distintas defensas de los mismos, algunos de los cuales han tenido varias de manera sucesiva en el tiempo».

«Todo ello hace que la indiscutida dilación en el tiempo no debe ser tildada de extraordinaria como para justificar la apreciación de la circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal como muy cualificada» sino como atenuante simple, argumenta el tribunal en esta sentencia.

Petición de la acusación

Como se recordará, la Fiscalía solicitaba para los supuestos máximos implicados penas que iban desde los 16 años y siete meses de cárcel hasta los 10 por haber cometido presuntamente diferentes delitos tras la creación en el año 2000 de la empresa.

El Ministerio Público señalaba, además de al principal acusado (el empresario), al exresponsable popular de la Zona Franca, Miguel Osuna como partícipe de las presuntas argucias cometidas, asegurando que favoreció a dicha compañía ocultando información y sobrevalorando sus posibilidades. Para él y para el que fuera su jefe de gabinete, José Manuel Fedriani, pedía diez años de prisión.

Sin embargo, la peor parte se la llevaba el empresario Manuel García Gallardo quien, según el escrito, desvió supuestamente gran cantidad de caudales públicos para sufragar sus aventuras empresariales y otros fines personales. Para él el Ministerio Fiscal pedía 16 años y siete meses de cárcel por hasta siete delitos : estafa, falsedad en documento mercantil, fraude, administración desleal y apropiación indebida, malversación de caudales públicos y delito societario. En estos dos últimos los consideraba cooperador necesario. También estaba procesada la madre de García Gallardo que se enfrenta a 14 años y siete meses.

Durante el juicio García Gallardo quiso justificar las operaciones que efectuó en la empresa que calificó de «limpias» y donde no hubo, según su testimonio, ninguna trampa irregular para su beneficio propio ni el de su familia. «En la vida me han pagado absolutamente nada» refiriéndose al Consorcio de Zona Franca. Según reiteró en varias ocasiones, se trataba de « una acusación totalmente falsa para no pagar lo que la justicia ya ha sentenciado» (refiriéndose a la resolución mercantil del asunto).

Otros dos actores de este presunto desfalco son el exdirector de una sucursal bancaria de San Fernando de la que supuestamente era cliente García Gallardo y que expidió unos certificados para justificar que el empresario había hecho el desembolso por sus acciones cuando realmente no lo hacía. Para este banquero, Víctor Ocaña, se pedían seis años de cárcel, por lo que ha visto rebajada la condena en dos.

Y otro de ellos es Rafael Borrego, administrador de algunas sociedades que, según la Fiscalía, era el testaferro de García Gallardo. Para él se pedía dos años y ocho meses de cárcel por falsedad en documento mercantil y por un delito societario. Ha sido absuelto de ambos delitos.

Sociedad creada en el año 2000

La sociedad fue creada en 2000 por García Gallardo y sus padres. Y tan sólo un año después, Zona Franca por mediación de Osuna y Fedriani, entró a través de Sogebac, en el accionariado de la compañía. Finalmente la aventura de Quality acabó en denuncias y en una operación tachada de temeraria que supuso el rescate de una sociedad de «dudosa rentabilidad y peor futuro» que llegó a costar más de cinco millones al erario público.

Según la acusación, se hizo adquiriendo las acciones por el triple de su valor real , dando por buenos los informes «maquillados» que había presentado García Gallardo. Desde el punto de vista empresarial, la adquisición era «todo un fiasco y ocasionó un quebranto millonario» en el Consorcio a pesar de que una valoración independiente había alertado a la dirección de Zona Franca que esa firma de alimentos precocinados no valía más de 1,4 millones de euros aunque pagaron casi 6.

Desde entonces la responsabilidad de los implicados se ha estado dirimiendo en los juzgados. Una larga instrucción de tres lustros que ha intentado poner orden en este engorroso caso. Y que todavía no ha finalizado. Ahora tras la sentencia conocida este martes, cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

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