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Arnaldo Otegi, en un momento de su primer juicio por el homenaje a Sagarduy. :: ÁNGEL DÍAZ / AFP
ESPAÑA

La Audiencia Nacional absuelve a Otegi de exaltación del terrorismo

Dice que comparar a un preso de ETA con Mandela o la situación de Euskadi con la de Sudáfrica del 'apartheid' no es apología

MELCHOR SÁIZ-PARDO
MADRID.Actualizado:

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha absuelto a Arnaldo Otegi de la acusación de enaltecimiento del terrorismo por su participación, en julio de 2005, en un homenaje al recluso etarra José María Sagarduy, 'Gatza', en la localidad vizcaína de Amorebieta.

Según el Ministerio Público, que pedía un año y medio de cárcel, el exlíder de Batasuna habría alabado la «lucha» de los «presos políticos vascos» a favor de la independencia. Sin embargo, el tribunal no consideró probado que Otegi hiciera esas alabanzas, como informaron algunos medios de comunicación con entrecomillados que no se ajustaban a la literalidad de lo dicho.

La sentencia afirmó que el procesado solo se limitó a hacer una comparación entre 'Gatza', que por entonces cumplía 25 años en prisión y hoy está en libertad, y Nelson Mandela, además de parangonar la situación de la Sudáfrica del 'apartheid' con la del País Vasco.

El tribunal que preside Javier Gómez Bermúdez recuerda a la Fiscalía y a las acusaciones, Foro de Ermua y Dignidad y Justicia, que los jueces solo pueden dictar sentencia sobre «hechos» contenidos en los «escritos de acusación y defensa» y no «respetar esos límites» llevaría a una «falta de congruencia» e, incluso, a la «nulidad». Y esos hechos que describen las acusaciones no eran ciertos. «Los hechos objeto de acusación no se corresponden con el contenido del discurso», zanja la sala.

Acusaciones falsas

La sentencia detalla que la «prueba practicada», la audición íntegra del discurso de Otegi (una prueba «objetiva» por encima de cualquier testigo), desmiente la versión de las acusaciones. El Ministerio Público y las dos asociaciones sostenían que el líder independentista llamó «luchadores vascos» a los presos de ETA. La expresión textual que la Fiscalía atribuía a Otegi y que no se corresponde con la realidad es: «Primero le consideraban terrorista, luego interlocutor, después premio Nobel de la Paz y, al final, presidente de Sudáfrica ( ) este fue el recorrido de Mandela y ese será el de los luchadores vascos. Primero, terroristas a combatir y luego interlocutores necesarios para, a través de una negociación, construir un pueblo con justicia y democracia».

«No son frases pronunciadas ni atribuibles al acusado», establece el fallo, que no reproduce la literalidad de las palabras de Otegi. La sentencia, eso sí, considera «probado tras la audición del discurso» que el hasta ahora imputado se limitó a «comparar al homenajeado con Nelson Mandela y la situación de Sudáfrica en aquellos tiempos con la actual de Euskadi», pero que partiendo de «tales comparaciones» en modo alguno se «puede llegar a la conclusión de un ilícito penal». «No puede llegarse a la conclusión -insiste la Audiencia Nacional- de que el símil efectuado englobe y aglutine, por si mismo, requisito de la alabanza» que exige el Código Penal para la exaltación del terrorismo.

Según el tribunal, de esa comparación, aunque pueda ser «desafortunada», tampoco se infiere siquiera la intención de alabar a Sagarduy, sino más bien «denunciar» lo que Otegi considera «una legislación y política penitenciaria injustas».

La sentencia recuerda que el exdirigente abertzale no tomó parte en la organización del acto. La sala considera que, de haber alabado Otegi a Sagarduy, sí que hubiese incurrido en exaltación porque el acusado era plenamente consciente de que 'Gatza' estaba en la cárcel por su pertenencia a ETA y que sus palabras iban a tener repercusión pública.

Es la segunda vez que la Audiencia Nacional juzga a Otegi por el homenaje al preso etarra, que salió de la cárcel en abril, tras 31 años entre rejas. Otegi ya fue juzgado y condenado por los mismos hechos en 2010, pero la sentencia fue anulada por el Tribunal Supremo por la parcialidad manifiesta de la presidenta del tribunal, Ángela Murillo.

El alto tribunal, tras aceptar el recurso de casación de la defensa del procesado, ordenó anular todo el juicio, dejar sin efecto la condena, remitir de vuelta todas las actuaciones a la Audiencia Nacional y celebrar una nueva vista oral con un nuevo tribunal del que no formaran parte ninguno de los anteriores tres magistrados. El Supremo, en un varapalo sin precedente a la Audiencia Nacional, entendió que Murillo hizo patentes sus «prejuicios acerca de la culpabilidad» del exportavoz del Batasuna con sus preguntas y comentarios sobre si el imputado condenaba o no a ETA.