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Por su actuación en el caso de las desapariciones durante la Guerra Civil y el franquismo
17.06.09 - 15:51 -
El Supremo rechaza el recurso de Garzón contra la admisión a trámite de la querella de Manos Limpias
El juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón, en una foto de archivo.
El Tribunal Supremo (TS) ha rechazado el recurso del juez Baltasar Garzón contra la admisión a trámite de la querella por prevaricación que el sindicato ultraderechista Manos Limpias interpuso contra él por su actuación en el caso de las desapariciones durante la Guerra Civil y el franquismo.
La Sala de lo Penal lo acuerda así en un auto en el que indica que en la argumentación del juez de la Audiencia Nacional no se aprecia argumento alguno que desvirtúe la decisión del Alto Tribunal de admitir la citada querella y recuerda que "no se inicia un proceso porque se sea responsable de un delito, sino para poder determinar con garantías si se es o no responsable".
Garzón niega haber prevaricado al declararse competente en este caso y recuerda que ni el fiscal ni los magistrados de Sala de la Audiencia Nacional cuestionaron esta decisión como "extravagante" o como constitutiva de un delito de prevaricación, mientras que la Fiscalía pidió al Supremo que no admitiera dicha querella.
El auto está firmado por los mismos magistrados que el pasado 27 de mayo admitieron a trámite la querella de Manos Limpias, el presidente de la Sala de lo Penal, Juan Saavedra, Joaquín Jiménez, Francisco Monterde, Juan Ramón Berdugo y Adolfo Prego, este último ponente de la resolución.
Una fase sólo de comprobación
Manos Limpias sostiene en su querella que Garzón actuó "con consciente postergación del Derecho y de la Ley", planteamiento que para el Alto Tribunal, se acomode o no a la realidad sucedida, "es en su propia formulación la descripción de una acción cuya subsunción en el tipo de prevaricación no es 'ab initio' descartable".
Para los magistrados los testimonios recibidos "no permiten considerar lo afirmado en la querella como algo inverosímil, ni por tanto hay razones para que no se admita a trámite". El auto recuerda que será en el proceso penal donde se determine la veracidad de lo sucedido y se hagan las valoraciones penales que proceda hacer.
"Nada de esto corresponde a esta inicial fase, limitada a comprobar, como así se ha hecho, que concurren las exigencias legales que en nuestro ordenamiento hacen procedente que una querella sea admitida a trámite y que se inicie el correspondiente procedimiento", concluye.
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