Este tipo de papel no podrá ser utilizado por contratas de limpieza de la Junta
Este tipo de papel no podrá ser utilizado por contratas de limpieza de la Junta - ABC
ADMINISTRACIÓN

Las empresas que contraten con la Junta usarán papel higiénico blanco y sin perfumar

Las cláusulas sociales y medioambientales más curiosas que introducirá la Administración en sus pliegos de contrataciones de servicios

SEVILLA Actualizado: Guardar
Enviar noticia por correo electrónico

«La principal empresa de Andalucía» —como la definió la mandataria socialista— ha suscrito un acuerdo con la patronal andaluza y los sindicatos UGT y Comisiones Obreras para introducir un extenso catálogo de cláusulas de tipo social y medioambiental en los pliegos de contratación pública de la Administración y sus entes instrumentales que variarán dependiendo del encargo o suministro.

Pocos aspectos quedan sin regular en el acuerdo que será ratificado a final de mes por el Consejo de Gobierno andaluz. En los contratos de suministro de productos textiles se primará a las empresas licitadoras que poseen «ecoetiquetas». En los de limpieza, sólo se podrán utilizar productos no tóxicos y con alta biodegradabilidad. «El papel higiénico deberá ser 100 por cien reciclado y libre de cloros, tampoco podrá ser coloreado ni perfumado», segun reza una de las cláusulas recogidas en el dossier facilitado a los medios de comunicación.

En cuanto a los equipos seca-manos, «serán de rollo de tela; de papel que deben recargarse con toallas de fibra reciclada; o de aire convencionales, que deberán ser automáticos, con detectores de movimiento».

Por otro lado, se primará en las contrataciones a las empresas que den formación adecuada a sus trabajadores, que les faciliten cheques de día de guardería, les reduzcan 30 minutos la jornada laboral, les den un día extra por maternidad o paternidad o que cumplan escrupulosamente el convenio colectivo.

¿Qué líneas rojas se marcan a las contratas? La guía distingue entre cláusulas de obligado cumplimiento y recomendaciones. Dentro del primer bloque, destaca la exclusión en los concursos de las empresas licitadoras que hayan sido sancionadas con carácter firme por una infracción muy grave de carácter laboral o en materia medioambiental. También se quedarán fuera las candidatas que presenten bajas económicas temerarias, las empresas con 50 o más trabajadores que no cuente con al menos un 2% de personas discapacitadas en sus plantillas o que no tengan un plan de igualdad. En los contratos de servicios que involucren a menores, el contratista está obligado a certificar que sus empleados no tienen un historial de delitos sexuales.

Lenguaje no sexista

En el segundo bloque, se enumeran recomendaciones de carácter general que serán tenidas en cuenta por los órganos de contratación durante todas las fases del procedimiento: desde la presentación de ofertas hasta la adjudicación y ejecución del contrato. La Junta exigirá a las empresas «el uso no sexista del lenguaje en la totalidad de los documentos emitidos» o «la desagregación por sexo de los informes, memoria parcial y/o final que contengan datos estadísticos que, en su caso generen, siempre que aquella sea factible».

Ver los comentarios