¿Cuánto pagan los andaluces por el impuesto de sucesiones y donaciones?

La rebaja afectará a hijos, padres, nietos y cónyuges, pero ni hermanos ni sobrinos podrán beneficiarse

Manifestación contra el impuesto de sucesiones en Sevilla ROCÍO RUZ

A. R. VEGA

Todos los españoles son iguales ante la ley, menos a la hora de pagar impuestos. El Estado de las Autonomías ha generado disparidades que son especialmente sangrantes en el caso del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones , que a partir de 2018 experimentará su segunda reforma en lo que va de legislatura en Andalucía. Como consecuencia de las distintas exenciones, deducciones y tipos de gravamen que aplica cada región, un andaluz que herede de su padre puede llegar a pagar hasta cien veces más que un madrileño y 1.200 veces más que un contribuyente de Canarias.

El ejemplo está sacado de un estudio (el Panorama de la Fiscalidad Autonómica y Foral 2017) que compara la cuota que se pagaría en cada comunidad autónoma por una persona soltera de 30 años que hereda bienes de su padre por un valor de 800.000 euros, de los que 200.000 corresponden al valor de la vivienda del fallecido. En Andalucía tendría que abonar 164.049,35 euros, frente a los 1.586,04 euros que pagaría si el mismo contribuyente viviese en Madrid, 1.486,68 euros si se trasladara a Cantabria, y sólo 134,23 euros si su domicilio estuviera en Canarias.

Esta es la poca favorecedora foto que arroja el impuesto de sucesiones en estos momentos. A partir de enero, este contribuyente no pagaría el tributo al declararse exentos los familiares directos que reciban hasta un millón de euros en herencia . La rebaja es fruto de una reforma pactada entre Ciudadanos y el PSOE ante la clamor social en contra de este tributo cedido a las autonomías por el Estado.

ABC hace una radiografía de cómo funciona en Andalucía el impuesto más odiado del sistema tributario español en la actualidad.

¿Quién está exento de pagar el tributo?

Desde el 1 de enero de 2017, el mínimo exento de tributación para las herencias que dejan los parientes directos está en los 250.000 euros. Para bases imponibles de entre 250.000 y 350.000 euros, los 200.000 primeros euros están libres de impuesto y se pagará por todo lo que exceda de esa cantidad. Por ejemplo, si la herencia está valorada en 280.000 euros, la base para calcular el tributo serán 80.000 euros .

Pero si ésta supera los 350.000 euros (lo que no es tan extraño tras pasar por el filtro de los coeficientes multiplicadores), la factura aumenta de forma exponencial. Un hijo soltero mayor de 21 años que hereda de su padre bienes valorados en 350.000 euros paga 21.262 euros a Hacienda, mientras que si éstos suman 350.001 euros, ese euro de más triplica la factura en la actualidad: 68.217 euros . La exención tiene sus condicionantes. El heredero de un inmueble está obligado a mantenerlo durante al menos tres años (hasta hace unos meses eran diez). Pasado este plazo, podrá venderlo sin perder la reducción en el tributo.

¿Se puede aplazar el pago del tributo?

Sí. El plazo máximo para pasar por caja es de seis meses desde el fallecimiento. Pasado ese período, Hacienda cobra un recargo estipulado por ley . Lo que pocos saben es que el aplazamiento debe solicitarse en el quinto mes. Para ello debe presentar un aval bancario por el importe de lo que debe y no siempre es fácil obtenerlo. Fraccionar el pago puede ser una alternativa, ya que los intereses son inferiores a los que ofertan las entidades financieras.

¿Cómo se calcula el valor de las herencias?

Al recibir una herencia se tienen en cuenta tanto el patrimonio preexistente que tienen los herederos como el valor de los bienes que se reciben. Para calcular la base imponible se multiplica el valor catastral de la vivienda o local por unos coeficientes que la Junta de Andalucía actualiza cada año y que aumentan la cuota teóricamente con el fin de acercarse al valor real en el mercado en el momento del fallecimiento.

Sin embargo, los detractores del tributo, entre los que se encuentran afectados, abogados y notarios, afirman que los valores están inflados y no se compadecen con la realidad . Así, por ejemplo, en Sevilla un piso valorado por el Catastro en 100.000 se multiplica por 2,55, por lo que pasa a tasarse en 255.000 euros por parte de la Agencia Tributaria. La crisis agrandó las diferencias entre el valor asignado por la Junta y el real. Los expertos en tramitación de herencias recomiendan buscar a un tasador porque no hay que fiarse de lo que marca la Administración.

¿Qué gastos se puede uno deducir en el tributo?

Son gastos deducibles en el impuesto los del entierro y funeral, los derivados de los pleitos que pueda originar una herencia, así como los denominados «gastos de última enfermedad» . Por ejemplo, los gastos de cuidados en el caso de que el causante esté diagnosticado como dependiente. Pero para ello hay que guardar siempre las facturas.

¿La reforma beneficiará a todos los herederos?

No. Desde el 1 de enero se librarán de pagar los andaluces que hereden de familiares directos hasta un millón de euros . Son considerados familiares directos los hijos, padres, nietos y cónyuges. Ni los hermanos ni los sobrinos, por mucho apego que se tengan, se podrán beneficiar de la reforma. Para ellos, que están encuadrados en el grupo III, la situación permanece invariable.

La Junta de Andalucía establece una reducción de 7.993,46 euros en general y otra del 95% en el caso de la vivienda habitual heredada entre hermanos mayores de 65 años. En otras comunidades hay más ventajas, pero lo cierto es que las diferencias son menores a medida que los lazos de parentesco son más lejanos. En Vizcaya, en las herencias entre hermanos están exentos los primeros 40.000 euros y los primeros 20.000 euros en el caso de los tíos y sobrinos. En Canarias, en cambio, se bonifican 9.300 euros, mientras que Madrid, Galicia y Cataluña tienen la misma reducción que Andalucía.

La reforma tampoco afecta a los expedientes que están en trámite y a herederos estén inmersos en procesos de embargo por impago del tributo. STOP Impuesto Sucesiones pide que se aplique la reforma con retroactividad , pero su demanda no ha sido atendida por la Junta.

¿Cuánto recauda la Junta por este impuesto?

Durante 2016, el último ejercicio liquidado, la Junta de Andalucía recaudó 340,85 millones de euros a través del impuesto de sucesiones y donaciones. Según los datos de la Administración, de 255.009 autoliquidaciones por sucesiones tuvieron que realizar un ingreso 19.136.

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