CASO ERE

La Audiencia de Sevilla tumba archivos de la juez Núñez en el caso ERE «sin fundamento ni lógica»

Revoca el auto donde excluía a un ex alto cargo de una causa de los ERE y le obliga a abrir otra pieza

La juez María Núñez Bolaños, instructora del caso ERE EFE/Julio Muñoz

Antonio R. Vega

La juez instructora del caso ERE, María Núñez Bolaños, utiliza argumentos «erróneos», «contradictorios», «carentes de fundamento y de toda lógica procesal» y que «no merecen mayor comentario», a la hora de justificar la exclusión de un ex alto cargo de la Junta de Andalucía en esta macrocausa.

Estas expresiones están sacadas de un auto de la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla, al que ha tenido acceso ABC, en el que censura con dureza la decisión de la titular del Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla de apartar al exdirector general de Trabajo y Seguridad Social Daniel Alberto Rivera de una pieza desgajada de esta macrocausa . En ella se investigan ayudas sociolaborales y excepcionales por importe de 98 millones de euros que la Consejería de Empleo repartió entre Santana Motor y dos filiales de la antigua factoría de Linares.

Los magistrados de la Sección Séptima de la Audiencia, superiores de Núñez, han dado la razón a los fiscales y revocan el citado auto de la instructora. En otra resolución del 8 de marzo pasado, instan a la magistrada a abrir «con la rapidez posible» una investigación específica sobre la ayuda concedida a la empresa Pacsa Sanders con cargo al fondo de los ERE, como solicitó el Ministerio Público.

Sorprende el tono inusualmente crítico que emplea la sala en el primero de los autos del 12 de marzo pasado. La juez excluyó a Rivera del ERE de Santana al entender que no estaba « debidamente justificada la perpetración del delito » de prevaricación en concurso con otro de malversación por los que estaba siendo investigado. La juez sostiene que, como sucesor de Francisco Javier Guerrero y Juan Márquez en la Dirección de Trabajo, el ex alto cargo trató de «paliar una situación de impago a los trabajadores» cuando ordenó a la agencia IDEA el abono de una ayuda sociolaboral excepcional de 215.220 euros.

Los magistrados de la Audiencia afean a la juez que pongan «en su boca» afirmaciones que no ha realizado

La Audiencia no lo cree así. Advierte de que «la mejor o peor intención que el señor Rivera tuviera al actuar de la manera que lo hizo en modo alguno desvirtúa que administrase deslealmente los fondos públicos». En su auto, la Sección Séptima señala que su participación en los hechos va más allá de sacar del apuro económico a empleados de la antigua fábrica de Linares. Con su actuación «se mantenía la ilegalidad de lo ejecutado en relación con el correspondiente expediente de regulación de empleo disponiendo, con consciente ligereza, como poco, del dinero público en detrimento de otros ciudadanos posibles beneficiarios», razona la Audiencia.

Los magistrados ironizan sobre la «contradicción» en la que incurre la juez al afirmar que Rivera conocía las irregularidades cometidas por sus antecesores y que al mismo tiempo cuestione que realizara «pagos a sabiendas de su ilicitud». «Negar el conocimiento de las irregularidades cometidas por sus antecesores en el cargos carece de fundamento», expone la Audiencia.

En su recurso, la Fiscalía se mostró contraria a que Núñez dejara de investigar a Rivera cuando éste ni siquiera se sentó en el banquillo en la única pieza del caso enjuiciada, que afecta a 21 exresponsables políticos. El proceso está pendiente de la sentencia. La juez entiende que los pagos realizados por el exdirector de Trabajo están comprendidos dentro de la llamada causa política.

La Sección Séptima dictaminó que los ex altos cargos encausados en la rama política no pueden ser enjuiciados por cada una de esas ayudas de manera independiente y aislada, una decisión que el Ministerio Público no comparte.

Este argumento de la juez es, a juicio de la sala, «erróneo». El tribunal aclara que «nunca hemos dicho que en esas piezas separadas no pudieran ser encausadas personas distintas» como el propio Rivera. «Con los debidos respetos, carece de toda lógica procesal interpretar de otra forma la afirmación -que sin identificación de nuestra posible resolución se pone en boca de este tribunal - de que en esa causa matriz se enjuician todos lo pagos que en virtud del sistema ideado se realizaron», apunta.

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