Corrupción

La Audiencia devuelve al juez instructor una nueva pieza de Invercaria por falta de motivación de los autos

Requiere al magistrado que dicte con fundamento la resolución que estime contra los recursos de los acusados en esta causa, entre los que se encuentra el exconsejero Francisco Vallejo

El exconsejero Francico Vallejo es uno de los acusados en esta pieza de Invercaria Raúl Doblado

Jesús Díaz

La Audiencia de Sevilla ha devuelto al juez de Instrucción número 16 de Sevilla, Juan Gutiérrez Casillas , una nueva pieza separada que investiga los préstamos participativos concedidos por la sociedad pública de capital riesgo Invercaria a distintas empresas andaluzas, por la falta de motivación de los autos dictados por el instructor.

No es la primera vez que la Audiencia estima los recursos de los acusados por la carencia de motivación de las resoluciones del juez Gutiérrez Casillas. Fuentes del caso han señalado a este periódico que, al menos, son cinco piezas las devueltas ya a la fase de instrucción con esta última que hace referencia al préstamo participativo de 1.180.000 euros a Servivation S.A. Otras fueran las piezas abiertas por el dinero dado en su día por Invercaria a Fumapa, Lolita Canalla, EDM y Juana Martín. La Fiscalía pide seis años de prisión y otros diez años de inhabilitación para Vallejo y el resto de procesados.

El Juzgado de Instrucción número 16 de Sevilla dictó auto el 24 de marzo de 2017 por el que acordaba seguir las actuaciones por el trámite de procedimiento abreviado contra el exconsejero de Innovación, Ciencia y Empresa Francisco Vallejo , el expresidente de Invercaria Tomás Pérez-Sauquillo, al vocal de esta sociedad Bienvenido Martínez; y a tres socios de Servivation, como son Jesús María Macías Castellano, Luis Fernando Martínez García y Francisco José Barrionuevo Canto, por sus participaciones en un delito de malversación de caudales público, un deltio de prevaricación y un delito de tráfico de influencias .

Contra este auto varios de los acusados presentaron recurso de reforma, los cuales fueron desestimados por auto de 23 de mayo de 2017. Frente a esta decisión cinco de los acusados interpusieron recursos de apelación ante la Audiencia alegando falta de motivación en el auto que desestimaba los recursos de las defensas.

«La ausencia de contenido mínimo y la falta de motivación concreta y el recurso fácil a modelos estereotipados, vicia de nulidad de pleno derecho la resolución judicial, causando indefensión porque el acusado no conoce con precisión los hechos penalmente relevantes que se le atribuyen». Éste es uno de los párrafos de los recursos planteados por las defensas a la Audiencia.

El auto, que es «nulo», causa «indefensión»

La Sección Tercera, en su auto, expone, tras una profusa exposición de jurisprudencia en estos asuntos, que el auto del juez instructor que desestima los recursos de reforma de los acusados « no está motivado » ni explica «el porqué» el instructor rechaza los motivos que se esgrimían por los apelantes, quienes en sus respectivos recursos planteaban concretas y específicas cuestiones para apoyar sus pretensiones exculpatorias y solicitaban la práctica de nuevas pruebas.

«Desconocemos las razones jurídicas y fácticas que han llevado al juez a rechazar todos los argumentos de las defensas y el motivo para no acceder a la práctica de las diligencias interesadas», añade la Audiencia en el auto, al que ha tenido acceso este periódico.

Por todo ello, concluye que el auto de 23 de mayo y recurrido es « infundado » por falta de la motivación necesaria, al tiempo que provoca « indefensión », ya que la ausencia de razonamientos impide a las defensas conocer los motivos por los que se desestiman sus recursos de reforma.

En un caso como este de Invercaria, « de cierta envergadura y entidad », es «aún más exigente y necesario» dar respuesta a las cuestiones planteadas por las defensas, «no siendo aceptable la falta de motivación, que se salva con respuestas estereotipadas y genéricas».

El instructor « no ha dado respuestas a las cuestiones planteadas por las defensas», que son necesarias para cimentar sus peticiones y pretensiones de archivo de la causa.

La falta de motivación comporta la « nulidad» del auto , señala la Audiencia, que además añade que no puede solventar la ausencia de motivación sobre las razones por las que el juzgado instructor ha dictado el auto impugnado. La Audiencia entiende entonces que procede devolver la causa al juzgado para que dicte nuevo auto motivando la resolución que adopte sobre las alegaciones y pretensiones de los acusados que recurrieron contra el auto que procesaba a los investigados.

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