Tribunales

Un juzgado reconoce a un agente el permiso de paternidad que la Guardia Civil le denegó

La autoridad judicial ordena que se indemnice al guardia en la cuantía correspondiente al haber transcurrido más de dos años desde los hechos

Agentes de la Guardia Civil en un acto oficial ABC

M. Rosa Font

El juzgado de lo Contencioso Administrativo 3 de Huelva ha reconocido el derecho de un guardia civil a disfrutar del permiso de paternidad que le fue denegado por el Instituto Armado y ha sentenciado que el agente sea indemnizado , al haber transcurrido más de dos años desde la petición.

Los hechos se remontan a 2016, cuando el guardia -que se encontraba de baja por enfermedad - fue padre de dos hijos y al no poder disfrutar el permiso, solicitó que se le concediera con posterioridad, una vez que estuviera de alta.

El Instituto Armado desestimó entonces la petición a pesar que existían varias sentencias favorables en distintos tribunales ordinarios y resoluciones de otras autoridades dentro de la Guardia Civil en las que se reconocía el derecho una vez finalizada la baja.

Los servicios jurídicos de AUGC Huelva, ejercidos por el letrado Juan Rodríguez , presentaron la demanda que ahora ha sido fallada a favor del agente, con la expresa orden de que en caso de no poder disfrutar el permiso- lo que no es posible al haber pasado más de dos años-, se le indemnice en la cuantía del sueldo diario por el permiso de paternidad que le correspondía.

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