Centro comercial Nevada

25.000 euros al día: el precio de los «errores» de la Junta de Andalucía con el Centro Comercial Nevada

La factura del litigio va en aumento por los intereses que sigue generando la histórica indemnización de 165 millones

El Centro Comercial Nevada, ubicado en el municipio de Armilla, junto a Granada ABC

Leo Rama

La factura por el litigio entre la Junta de Andalucía y el Centro Comercial Nevada sigue en aumento. Como adelantó ABC, el último varapalo del Tribunal Supremo ha cerrado la vía ordinaria y deja al Gobierno andaluz sin argumentos para continuar dilatando el caso. Sin embargo, Susana Díaz ha avanzado que su intención es la de volver a recurrir , ya por la vía extraordinaria, ante el Tribunal Constitucional , pese a que ello suponga un plausible aumento de la indemnización que deberá pagar la Junta por sus propios «errores» a razón de unos 25.000 euros diarios que se suman a los 165 millones a los que tiene que hacer frente por la firmeza del fallo.

Existe debate jurídico sobre la cantidad de intereses que la Junta habrá de abonar. Las distintas fuentes expertas consultadas por este diario coinciden en señalar que la normativa aplicable en este caso sería la Ley de Enjuiciamiento Civil , que en su artículo 576 recoge que «el devengo de un interés anual» será «igual al del interés legal del dinero» –que en los últimos años ha sido del 3%- más dos puntos. La factura tendrá que consignarse en los próximos presupuestos autonómicos y ascenderá al 5% al año sobre el total de la indemnización a contar desde la primera sentencia, a lo que habría que añadir, además, las costas.

La citada normativa también permite que las partes alcancen un acuerdo distinto . En caso contrario, ese 5% de intereses derivados de la sentencia supondrán un aumento de más de 8 millones de euros anuales sobre la indemnización fijada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que elevó la cuantía de 157 a 165 millones de euros. En suma, unos 700.000 al mes . Es decir, casi 23.000 euros diarios que tendrán que pagar los andaluces una vez que se solicite la ejecución de una sentencia que ya es firme; algo que por el momento tampoco ha hecho el demandante, el promotor Tomás Olivo .

Debate jurídico

El empresario, que ya fue condenado por la construcción ilegal del edificio, tiene derecho a invocar la Ley de Enjuiciamiento Civil y no, como sostiene el diario Granada Hoy, la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa . Si bien esta normativa establece en su artículo 106 que el recargo debe ser igual al interés legal del dinero, lo que reduciría el incremento al 3% , las fuentes consultadas por ABC consideran que la LJCA solo se aplica en casos puramente administrativos , algo que no ocurriría en este proceso originariamente contencioso, sí, pero con repercusiones civiles por el daño emergente y el lucro cesante que ocasionó la paralización fuera de plazo de las obras.

La jurisprudencia existente reconoce que la LEC es aplicable a todas las jurisdicciones sin la necesidad de que la Justicia aprecie mala fe o temeridad en la actuación procesal de la Junta de Andalucía, algo que tampoco podría descartarse dados los continuos «errores» de la administración, desde su pasividad en la impugnación de las obras hasta la incomparecencia de un letrado autonómico en una vista clave del juicio . Esta ausencia dejó en una situación de indefensión al Gobierno andaluz, cuya pericial no fue aportada a la causa, lo cual facilitó que el fallo fuera favorable a la reclamación de Tomás Olivo.

Pese a que todas las resoluciones judiciales niegan que la Junta tenga ya argumentos para recurrir, su pretensión ahora es la de agotar la vía extraordinaria que ha emprendido tras el carpetazo ordinario del Tribunal Supremo; el final de este litigio podría demorarse años . A razón de unos 8 millones cada uno, hacia los 200 millones que aproximadamente solicitó el centro comercial por los propios «errores» del Gobierno autonómico en un caso con responsables que han sido premiados con ascensos .

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