SOCIEDAD

Bodas de menores en Córdoba: el «Sí, quiero» antes de los 18

El 9,5% de los enlaces entre menores registrados en Andalucía en el último quinquenio se produjeron en la provincia

En los últimos cinco años se han inscrito en la provincia una decena de matrimonios entre menores ABC

D.Delgado

La unión conyugal exige el libre y pleno consentimiento de los contrayentes. Se trata de un derecho universal que, no obstante, se pone en tela de juicio en muchos casos, sobre todo, en los que los novios no han cumplido la mayoría de edad . Si bien se trata de una realidad que en Córdoba no ha despertado las alarmas por tener una incidencia nimia, sí que preocupa a los colectivos dedicados a la protección de los menores.

Así, en los últimos cinco años se han inscrito en el Registro Civil de la capital una decena de matrimonios entre parejas que no tenían los 18 cumplidos, lo que supone el 9,5 por ciento de los enlaces de estas características contabilizados en el mismo periodo en toda Andalucía (105).

Según apunta el portavoz de Prodeni en Córdoba, José Luis Calvo, «este tipo de matrimonios suelen registrarse entre personas que pertenecen a determinados colectivos , como el de los gitanos rumanos. La excepcionalidad de enlaces entre menores en el mundo 'payo' es notoria. Y se han dado casos en los que se han arreglado bodas a cambio de una dote », apunta.

Así, Calvo recuerda el caso que se produjo en 2017 en el que la Policía detuvo en Córdoba a una pareja que supuestamente pretendía obligar a su hija de 16 años a contraer matrimonio por el rito gitano, después de que la menor ya hubiera sido forzada a casarse otras dos veces en Rumanía, su país de origen, la primera con tan solo 12 años. «Se trata de uniones conyugales no consentidas . Y estos casos no están en los registros civiles, evidentemente. La realidad social y las circunstancias que viven grupos determinados no se adaptan a las normas », señala el portavoz de Prodeni.

La Ley de Jurisdicción Voluntaria, que entró en vigor el 23 de julio de 2015, elevó el mínimo de edad para poder casarse y eliminó la posibilidad de que un juez autorizara a hacerlo a aquellos que hubiesen cumplido los 14, como permitía la anterior versión.

Ya no valen las dispensas

Así, desde esa fecha, el juez ya no puede dictar una dispensa de edad ni considerar emancipado a un niño de 14 años, como sí pasaba hasta julio de 2015 porque lo contemplaba el artículo 48 del Código Civil. En la actualidad solo se permite casarse a aquellos que tengan cumplidos los 16 y estén emancipados.

El Comité sobre los Derechos del Niño de Naciones Unidas y el Consejo de Europa habían pedido a España en reiteradas ocasiones que elevase el mínimo, que era el más bajo de la Unión Europea, hasta los 16 para excepciones. La norma sigue situando los 18 años como la edad mínima para casars e .

«Es urgente que las administraciones competentes activen procedimientos de intervención social como medida de prevención para evitar estos enlaces entre menores no consentidos que garanticen el cumplimiento de las leyes», resalta Calvo.

Desde su punto de vista, «existe un desequilibrio entre los menores españoles y los que pertenecen a estos grupos. En estos casos, sus familias se ciñen a sus propias normas y nadie se escandaliza por ello; en cierto modo, consentimos que esto sea así . Pero olvidamos que las leyes no distinguen entre unos niños y otros. Este déficit de protección no se puede justificar nunca por razones ni religiosas ni culturales», señala Calvo.

En todo el territorio nacional se inscribieron 1.192 bodas con menores en el último quinquenio . En 2012 fueron 206 matrimonios infantiles; en 2013, 181; en 2014 se pasó a 220; en 2015, a 195; en 2016 se registraron 211; y el año pasado se cerró con 179. De estos 179, 121 se tramitaron en la Comunidad de Madrid, convirtiéndose en la región en la que más matrimonios de estas características se inscriben en el Registro.

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