Un empleado se asoma a la ventanilla de un avión de Lufthansa en el aeropuerto de Múnich
Un empleado se asoma a la ventanilla de un avión de Lufthansa en el aeropuerto de Múnich - EFE

Los objetos que están prohibidos y los que no en los aviones, ¿se puede llevar un cuchillo pequeño?

Se prohíbe, entre otros objetos, llevar en el equipaje de mano cualquier herramienta punzante o cortante, incluídos crampones, arpones, jabalinas, piquetas, picos para hielo y patines de hielo

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EE.UU. y Reino Unido han decidido aumentar aún más las medidas de seguridad en los transportes aéreos. A las numerosas restricciones que surgieron tras el 11-S de 2001 se suma ahora la prohibición de llevar ordenadores y tabletas en cabina para vuelos procedentes de ocho países. Pero, ¿ qué se puede y qué no se puede llevar a bordo?

Las normas internacionales sobre seguridad aérea no prohíben hasta ahora llevar ordenadores o tabletas en la cabina del avión. En el caso de la Agencia Europea de Seguridad Aérea, la norma incluso permite el uso de los aparatos durante el vuelo con conexión a internet si la aerolínea ofrece wifi. Las aerolíneas tiene, por tanto, la potestad de permitir el uso de los aparatos «independientemente de que esté transmitiendo o no, por ejemplo, en modo avión o no».

No obstante, hay u na larga lista de objetos que prohíben expresamente directrices de las autoridades estadounidenses y europeas. En el caso de la normativa comunitaria:

Armas de fuego y otros dispositivos de proyectiles

Se prohíbe llevar todo tipo de armas de fuego (pistolas, revólveres, rifles, escopetas, etc.) pistolas de juguete, reproducciones de armas de fuego y armas de fuego de imitación que puedan confundirse con armas reales. Piezas procedentes de armas de fuego (excepto visores y miras telescópicas). Armas de aire comprimido o de CO2, tales como pistolas, escopetas de perdigones, rifles y pistolas de balines. Pistolas lanza-bengalas y pistolas «estárter» o de señalización. Ballestas, arcos y flechas Hondas y tirachinas Arpones y fusiles de pesca

Dispositivos para aturdir

En la lista de objetos no permitidos en los aviones están los dispositivos destinados específicamente a aturdir o inmovilizar, entre los que se incluyen: dispositivos para provocar descargas, tales como pistolas eléctricas tipo “Taser” o bastones para aturdir; aturdidores para animales y pistolas de matarife; productos químicos, gases y nebulizadores o incapacitantes, tales como macis, rociadores de sustancias picantes, aerosoles de pimienta, gases lacrimógenos, rociadores de ácido y aerosoles repelentes de animales.

Objetos punzantes o con filo

Se prohíbe llevar en el equipaje de mano cualquier objeto punzante o cortante, incluídos crampones, arpones, jabalinas, piquetas, picos para hielo y patines de hielo. No están permitidas las cuchillas y navajas de afeitar abiertas, salvo las navajas de afeitar de seguridad o desechables cuyas cuchillas estén encapsuladas. Están autorizados, no obstante, las tijeras cuyas hojas no superen los 6 centímetros de longitud a partir del eje o las navajas de resorte y cuchillos con hoja de una longitud no superior a 6 centímetros.

Herramientas e instrumentos contundentes

La restricción de objetos en cabina afecta a las herramientas de trabajo tales como taladros eléctricos, brocas, cuchillas, sierras, destornilladores, palancas, martillos, sopletes, pistolas de proyectil fijo, etc.

Están también restringidos los objetos que puedan utilizarse para causar heridas graves cuando se emplean para golpear, incluidos: bates de béisbol, porras, cachiporras, bastones de esquí, palos de golf y de hockey, remos de kayak y canoa, tacos de billar y equipos para practicar artes marciales (nudilleras de metal, palos, porras, mayales, nunchacus, kubatones, kubasaunts, etc.).

Sustancias químicas y tóxicas

Mención aparte para los materiales inflamables. Se prohíben las cerillas (no los mecheros, aunque en algunos países sí los requisan), aerosoles, extintores, líquidos inflamables, bombonas de gas (butano, propano, acetileno, oxígeno, etc.), fuegos de artificio, bengalas, artículos de pirotecnia, nebulizadores de pintura, sustancias químicas tóxicas, explosivos y armas de fuego. Tampoco se permite llevar bebidas alcohólicas cuya graduación volumétrica supere el 70 % (140% proof).

Líquidos, aerosoles y geles (LAG)

Se consideran prohibidos los líquidos, geles, pastas, lociones, mezclas de sustancias líquidas o sólidas y el contenido de envases presurizados. Véase, por ejemplo, la pasta de dientes, la gomina, las sopas, los perfumes, la espuma de afeitar, los aerosoles, los desodorantes líquidos, desodorante en espray, pintalabios líquidos, cremas y otros artículos de consistencia similar. Solo se permiten los siguientes casos, según las directrices recogidas por AENA: «LAG» contenidos en envases individuales de 100 ml de capacidad máxima, contenidos a su vez en una única bolsa de plástico transparente con sistema de cierre y capacidad no superior a un litro.

La normativa sobre líquidos excluye los medicamentos y la comida para bebés o de dietas especiales, pero se recomienda llevar la receta o un justificante a mano.

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