Dar de comr a los gatos callejeros en Sa Pobla puede salir muy caro
Dar de comr a los gatos callejeros en Sa Pobla puede salir muy caro - Juan Carlos Soler

Un municipio mallorquín sancionará con hasta 3.000 euros a quienes alimenten a animales en la calle

El Ayuntamiento de Sa Pobla quiere de ese modo eliminar puntos de suciedad y dar respuesta a las quejas vecinales

Palma Actualizado: Guardar
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Las personas que tienen la costumbre de dejar un platito de arroz de pescado en una esquina para los gatos callejeros o que dan de comer miguitas de pan a las palomas en las plazas deberían cambiar por completo de hábitos en ese sentido en caso de irse a vivir al municipio mallorquín de Sa Pobla.

El consistorio de la citada localidad aprobó en el último pleno de manera inicial, por unanimidad, una modificación de la Ordenanza de Buen Gobierno, que entre otras medidas establece que quienes a partir de ahora alimenten a animales en la vía pública podrán ser sancionados con hasta 3.000 euros de multa.

En el presente mandato, el alcalde de Sa Pobla es Biel Ferragut, integrante de la coalición conformada por Independientes por Sa Pobla y Proposta per les Illes (PI), formación sucesora de la extinta Unió Mallorquina.

Ferragut gobierna gracias al apoyo del PSOE y de la coalición econacionalista MÉS. En la oposición se encuentra únicamente el PP en la actual legislatura.

Según publica este miércoles el diario isleño «Última Hora», el objetivo principal de la citada modificación de la ordenanza municipal es conseguir eliminar puntos de suciedad en las calles y también paliar las quejas vecinales surgidas en los últimos meses. Las sanciones que se podrán imponer oscilarán entre los 60 y los 3.000 euros. La multa más elevada se aplicará sólo en casos de reincidencia. Con el cambio en la ordenanza, se establece una distinción entre faltas leves, graves y muy graves.

El artículo que ahora se ha incorporado a la Ordenanza de Buen Gobierno señala, literalmente, que «se prohíbe dar alimentos a los animales en las vías y los espacios públicos, así como en portales, ventanas, terrazas, balcones adyacentes a la vía pública y en las cercanías de los torrentes, excepto en aquellos lugares indicados y controlados por el Ayuntamiento, en los cuales, por razones sanitarias y de higiene, se procurará que no queden restos de comida».

En el citado artículo también se indica que «está especialmente prohibido facilitar alimentos a los gatos, a las palomas y a las gaviotas». Asimismo, se aclara que «queda prohibido abrevar directamente a los animales en las fuentes o estanques públicos».

Una vez aprobada ya la mencionada modificación, el consistorio estudia ahora la posibilidad de habilitar zonas acotadas en las que sí se podría dar de comer a gatos callejeros, si bien esta hipotética medida futura se encuentra en estos momentos aún en fase de estudio.

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