Un profesor imparte la asignatura de Religión en un instituto
Un profesor imparte la asignatura de Religión en un instituto - ABC

El TSJ de Extremadura desestima el recurso de la diócesis sobre los horarios de Religión

Considera que no vulnera derechos fundamentales como alegaban los denunciantes

Madrid Actualizado: Guardar
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La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) ha desestimado el recurso «especial» interpuesto por las tres diócesis extremeñas contra el decreto autonómico sobre el currículo para ESO y Bachillerato relativo a los horarios de la asignatura de Religión.

La Junta de Extremadura redujo a la mitad las dos horas semanales que se dedicaba a la asignatura en Educación Secundaria Obligatoria (ESO) y Bachillerato. En la sentencia, recogida por Ep, el TSJ extremeño considera que el decreto, que entró en vigor el pasado 7 de julio, no vulnera los derechos fundamentales de los alumnos, como alegaban los denunciantes. Sin embargo, en sus consideraciones el TSJEx deja abierto el espacio a un recurso contencioso ordinario.

Nueva demanda

Tras conocer el contenido del fallo, la Archidiócesis de Mérida-Badajoz explicó que las tres diócesis han presentado una nueva demanda por el procedimiento contencioso ordinario por vulneración de la legislación vigente.

También puntualizó que se había recurrido el real decreto por el procedimiento «especial» porque permitía una respuesta más rápida.

La Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura señala además tras conocer la decisión judicial que el currículo se ajusta a lo estipulado en la Ley Orgánica de Calidad Educativa (Lomce), que determina que es una de las asignaturas cuyo contenido y carga lectiva es competencia de las comunidades autónomas.

Asimismo, recuerda que la reducción horaria establecida en Extremadura es igual a la aplicada por el Ministerio de Educación en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, gestionadas directamente por el Ministerio.

Baleares, Asturias y Aragón

Las diócesis extremeñas no son las únicas instituciones eclesiásticas que han llevado ante los tribunales los recortes en la carga horaria de la asignatura de Religión tras la entrada en vigor de la Lomce. También han seguido los mismos pasos los arzobispados de Baleares y Asturias y las cinco diócesis aragonesas, cuyos recursos han sido admitidos por el TSJ correspondiente.

Con la entrada en vigor de la Lomce, la asignatura de Religión ha pasado a ser una «asignatura específica», cuyos horarios son fijados por las comunidades autónomas y no por el Ministerio de Educación como hace con las «asignaturas troncales», como Lengua y Matemáticas.

El horario mínimo que debe tener la clase de Religión ha sido fijado en los borradores o Reales Decretos que las distintas comunidades han presentado en aplicación de la Lomce. En algunas de ellas como Andalucía o Cataluña se ha reducido la carga horaria de esta asignatura. En Aragón además permite a los centros educativos impartir la asignatura de Religión, pero fuera del horario lectivo de 30 horas semanales, lo que obliga a los alumnos interesados a permanecer una hora más en las aulas.

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