El Constitucional inadmite el recurso de amparo de Juana Rivas

El Tribunal argumenta que la mujer no ha agotado la vía judicial

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El Tribunal Constitucional ha rechazado el recurso de amparo presentado por Juana Rivas, la madre de Maracena (Granada) que se niega a entregar a sus dos hijos a su expareja, condenado por maltrato para quedarse con sus hijos.

El TC argumenta que la mujer no ha agotado la vía judicial. En una providencia adoptada por el pleno del Constitucional horas después de que la mujer haya recurrido en amparo, el tribunal indica que, si la Fiscalía no interpone recurso contra la resolución, se archivará.

El pleno, reunido esta tarde, ha tomado esta decisión porque la demanda de amparo de Juana Rivas no cumple con el requisito, exigido por la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, de la falta de agotamiento de la vía judicial previa.

Es decir, los magistrados, sin entrar en el fondo del asunto, consideran que es pronto para acudir a este tribunal garante de los derechos fundamentales.

Fuentes del TC recuerdan que el recurso de amparo es de naturaleza subsidiaria, lo que significa que sólo puede interponerse cuando se hayan agotado todos los niveles judiciales previstos en la ley ante los juzgados y tribunales ordinarios.

En manos de la Audiencia Provincial

El despacho MonteroEstévez, que representa a Juana Rivas, ha avanzado que retomarán su solicitud de amparo al Tribunal Constitucional en caso de que la Audiencia Pronvicial de Granada no suspenda la ejecución de la orden que obliga a Juana Rivas a entregar a los menores a su progenitor.

Así lo han explicado los letrados después de que el TC inadmitiera a trámite el recurso de amparo, algo que los abogados consideran no sólo «procedente», dada la «rápida» y «efectiva» actuación de la Audiencia Provincial, sino que les hace concebir la «esperanza» de que la tutela judicial de los menores sea resuelta por aquella Sala sin necesidad de conocer el amparo el Tribunal Constitucional.

En cuanto a la inadmisión a trámite, explican que al despacho le fue encomendado el viernes 28 de julio por la noche la elaboración e interposición del recurso de amparo precisamente por entenderse por los abogados de la defensa de doña Juana Rivas, en los procedimientos seguidos en Granada en la jurisdicción ordinaria, que la Audiencia Provincial había inadmitido a trámite el recurso por infracción procesal, con lo que se entendió finalizada la posibilidad de obtener la tutela de los derechos fundamentales ante la jurisdicción ordinaria como resulta procedente.

Este lunes a las 10.00 horas, el letrado de Juana, Ramón Montero, presentó el recurso en la sede del Constitucional con el objetivo de que el pleno del tribunal, que se reúne este lunes, suspenda la orden de devolución de los niños a su padre, condenado por lesiones en 2009, denunciado en 2016 por malos tratos y quien, a su vez, ha denunciado a la madre por la sustracción de los menores.

Tras presentar el recurso y en declaraciones a los medios, Montero defendió que Juana Rivas está cumpliendo con su obligación que es «proteger a sus hijos». El recurso se fundamenta en el interés superior de los menores, que debe prevalecer y ser protegido sobre cualquier otra norma, y en una posible vulneración del artículo 24 de la Constitución Española sobre la tutela judicial efectiva.

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