La noche sevillana

Has cumplido 18 años, ¿es legal que no te dejen entrar en una discoteca de Sevilla?

Numerosos bares y discotecas de la capital andaluza utilizan argumentos sin base jurídica para impedir el acceso de jóvenes a sus establecimientos

Los jóvenes disfrutando del famoso «botellón» ÓSCAR DEL POZO

JAVIER MARÍN / MANUEL VÁZQUEZ

El día fijado en todos los calendarios personales, los ansiados 18 cumpleaños . Esa fecha que te identifica como mayor de edad para la ley, con todos sus «pros» y sus contras . Aunque para los jóvenes hay un reconocimiento que te ofrece esa mayoría de edad, poder salir de fiesta sin otra preocupación que pasárselo bien. Aunque desde el primer día se encuentran con una traba con la que no contaban: el derecho de admisión.

La confianza que te da el DNI cuando sales de fiesta se desvanece al llegar a la cola de una discoteca y ves cómo van rechazando a clientes por diferentes motivos que no llegas a diferenciar bien hasta que llega tu turno. «Esta noche solamente pueden entrar mayores de 21 años» , comenta el hombre de seguridad sin pestañear. Aunque también es famoso el argumento de «con esos zapatos no se puede pasar, ni ese pantalón, lo siento», como variante al anterior filtro.

Situaciones legales e ilegales

En base a lo redactado en el Decreto 10/2003 , que regula la admisión de personas en los establecimientos públicos (modificado en algunos preceptos por el decreto 258/2007) desarrollado en base a la Ley 13/1999 de Espectáculos y Actividades Recreativas de Andalucía, los establecimientos públicos no pueden impedir la entrada excepto en determinados supuestos: que se haya superado el aforo legal del establecimiento, no se cuente con la edad mínima legal de entrada, cuando la persona que pretenda acceder porte armas u objetos susceptibles de ser utilizados como tales, no abonar la entrada, llevar ropa que inciten a la violencia, xenofobia, racismo, o haber consumido estupefacientes.

El principal filtro para entrar en la discoteca ÁNGEL DE ANTONIO

Hay sin embargo argumentos recurrentes a la hora de regular la entrada a una discoteca o «pub» nocturno en Sevilla que no se ajustan a este escenario legal. Uno de los supuestos más reconocidos por los jóvenes consumidores: La persona tiene 18 años y no le han dejado entrar en una discoteca porque piden en la puerta una edad mínima de 21 años para entrar en el establecimiento. La normativa vigente no contempla que no te permitan la entrada teniendo más de 18 años, ya que se está produciendo una discriminación por razón de edad (artículo 14 de la Constitución Española). Además no se le puede, a un establecimiento público, otorgar una autorización por parte del Ayuntamiento, que establezca discriminaciones por razones de edad, tal como nos dice el artículo 6 que trata las condiciones específicas de admisión del Decreto 10/2003 «a) Las que puedan suponer discriminación o trato desigual de acceso al establecimiento en función de la edad».

Otro supuesto, también muy frecuente. Con 18 años y no se te permite entrar en una discoteca por tu vestimenta . Ya sea que los pantalones o camisa no son del gusto del personal de seguridad o por cualquier otro motivo de ropa. Esta situación es más compleja, ya que la normativa reguladora si establece que el titular del establecimiento pueda obtener una autorización para poder exigir una determinada vestimenta. Ahora ¿qué pasa si no tiene esa autorización? Pues básicamente que no te podrá exigir esa determinada vestimenta. Además se obliga que esas condiciones específicas de admisión se coloquen en sus accesos y en las taquillas de venta de localidades y resulte claramente visible y legible desde el exterior. De manera contraria estaría infringiendo la ley, y discriminando al consumidor.

La situación es común, y es legal que no te dejen entrar ABC

¿Cómo denunciar estas situaciones?

Fernando Longoria, abogado especialista en derecho de los consumidores y Letrado de la Asociación de Inspectores de Consumo de Andalucía relata cada paso a dar para que la queja sea efectiva. Lo primero es pedir una hoja de reclamaciones «hay que rellenarla y presentarla en el Servicio de Consumo, si no la presentas es como no hacer nada» . Una vez en el Servicio de Consumo, «este le va a dar traslado a la Delegación del gobierno al Servicio de Espectáculo Público y Actividades Recreativas, que es el competente».

«No es que se quede en nada, pero claro, si no se presenta es imposible actuar»

Fernando Longoria

Aunque parece, que es una conducta sistemática de las discotecas, y que no ocurre nada al respecto para paliar esta ilegalidad «te diría que de 100 personas que las echan de una discoteca, pueden que sean 10 las que pongan hojas de reclamaciones. ¿Cuántas son las que se levantan a presentarla al Servicio de Consumo? 1 de cada 100, y siendo generoso . No es que se quede en nada, pero claro si no se presenta es imposible actuar».

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