Mediaset descarta emitir el Mundial de baloncesto 2019 por la ausencia de los jugadores habituales

La ausencia de los deportistas de la NBA y la Euroliga «devalúa el carácter competitivo de estos partidos clasificatorios y el interés de los aficionados»

El seleccionador nacional de baloncesto, Sergio Scariolo EFE

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Tras la publicación oficial de la lista de jugadores españoles convocados a los partidos clasificatorios de la Copa del Mundo de Baloncesto FIBA 2019, donde no están los principales rostros de la selección por sus compromisos con la NBA o la Euroliga, Mediaset, que compró los derechos de la competición, ha anunciado que r enuncia a emitir estos encuentros.

«El hecho de que la Selección Española no pueda contar con dichos jugadores como consecuencia de los compromisos que estos tienen con sus respectivos clubes pone en riesgo su clasificación para la fase final de la Copa del Mundo de Baloncesto FIBA 2019 y devalúa el carácter competitivo de estos partidos clasificatorios y el interés de los aficionados y telespectadores. En tales circunstancias, Mediaset España ha decidido no retransmitir dicha competición, cuyos derechos fueron adquiridos fundamentalmente por el atractivo de un combinado nacional avalado por los grandes éxitos deportivos cosechados en los últimos años», explica la cadena subrayando su «perplejidad» por la situación.

El grupo, además, se muestra sorprendido por el hecho de que la FIBA y la Euroliga no hayan podido llegar a un acuerdo para no solapar sus calendarios. «Mediaset España no comprende cómo se ha llegado a esta inadmisible y de todo punto inaudita situación de la que son máximos responsables la FIBA, conocedora de los compromisos de los clubes en los que se integran los jugadores y sus competiciones ordinarias; la Euroliga , por solapar su calendario cuando FIBA ya había anunciado la fecha de sus ventanas y por su inflexibilidad ante los compromisos de las diferentes competiciones nacionales, entre ellas la española; y la Secretaría de Estado para el Deporte, por su tibieza en la aplicación de la Ley del Deporte 10/1990 de 15 de octubre, que en su artículo 47 dispone, sin paliativos, que es obligación de los deportistas asistir a las convocatorias de las selecciones deportivas nacionales para la participación en competiciones de carácter internacional o para la preparación de las mismas», concluyen.

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