Fernando Sicre

Dura lex, sed lex

Dura es la ley, pero es la ley. Su aplicación es inevitable, aunque resulte desfavorable

Fernando Sicre
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Dura es la ley, pero es la ley. Su aplicación es inevitable, aunque resulte desfavorable. La expresión viene a conminar respetar la ley, incluso cuando salgamos perjudicado con ello. El respeto a la ley beneficia a la comunidad y por ende a todos y cada uno de nosotros. La justicia ha sido previsible, lo que nos debe congratular, porque no siempre es así. La bandera estelada no está prohibida, en consecuencia su uso está permitido. Ahora bien, un estadio es un lugar privado y su acceso queda limitado a las reglas específicas de admisión. El gran error en todos los órdenes ha sido que quien tomó la decisión, la tomó sobre bases erróneas. Además, el Atlético de Madrid y la Real Federación Española de Fútbol, reiteran que no han dispuesto ninguna limitación que se materialice en una restricción de la entrada al estadio.

Sin embargo, la disputa jurídica se ha resuelto donde debe ser, ante un tribunal. Resolución que debe ser cumplida y va ser cumplida.

Esto tan obvio, no siempre se ha dado cuando el problema es planteado por la Generalidad catalana, afecta a algún «ilustre» catalán o cuando el «incumplidor» es un pobre ciudadano residente en Cataluña y que no comulga con las imposiciones del poder en Cataluña. Me estoy refiriendo a todo el llamado «proceso por la independencia», que es lo más parecido a un golpe al Estado y de Estado, con incontables infracciones al ordenamiento jurídico vigente. Nunca los jueces han sido expeditivos y el restablecimiento del orden constitucional y legal han menoscabado los derechos del resto de ciudadanos españoles, precisamente por resoluciones extemporáneas. ¿Cómo puede ser que todos los integrantes del clan ‘puyol’ no estén en la cárcel de manera preventiva por presumibles ocultaciones de pruebas como ha quedado demostrado? ¿Cómo y por qué se permitió la farsa de referéndum, pese a estar previamente prohibido? ¿Por qué no se han ejecutado  las innumerables sentencias sobre la enseñanza del español en Cataluña? ¿Por qué se sanciona cuando no se rotula en catalán, si la Ley catalana de comercio de 1993 se declaró inconstitucional en 2010, a pesar de haberse dictado a posteriori un Código de comercio catalán, que vuelve a incidir en lo mismo que ya había sido calificado inconstitucional previamente? ¿Cómo y por qué el Parlamento Catalán y la Generalidad anuncian que la primera ley de desconexión va a ser la de Seguridad Social, cuando ello contraviene el artículo 41 CE? En este último caso, saben que es público y notorio el gravísimo problema del sistema español de pensiones. Y claro, escogen no por azar ello, para prometer una hipotética sostenibilidad futura de un sistema catalán de pensiones. Una vez más en España nos equivocamos, ya que el debate sobre éste debería ser el 90% del contenido de la actual campaña electoral. Por cierto, ¿ustedes han escuchado algo al respecto, salvo las palabras fuera de tono y del más mínimo raciocinio del nuevo secretario general de la UGT al respecto? Éste es partidario de ese mal llamado derecho a decidir. A todos esos partidarios les recomiendo se lean esa parida de proyecto constitucional catalán, donde sí aparece el llamado derecho a decidir, pero en territorios extranjeros. En la pulcra democrática república catalana, la unidad de su territorio, aparece garantizado en la propia norma. ¿Cómo se puede tener tan poca vergüenza para poner en tela de juicio el artículo 2 CE entonces?

El respeto de la ley es la base de la convivencia, en cuánto expresión que es de la soberanía nacional. Como ciudadanos exijamos el riguroso cumplimiento de la ley y que ninguna resolución judicial se dicte extemporáneamente, porque entonces la ley pierde su esencia y con esto el Estado de derecho pasa a ser una entelequia.

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