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Si eres ciclista, respeta estas normas de circulación

Las bicis pueden circular en paralelo, en columna de a dos, siempre lo más a la derecha posible de la vía y colocándose de uno en uno en tramos sin visibilidad

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La presencia de motoristas y ciclistas en las carreteras, sobre todo los fines de semana y en especial en los meses de primavera y verano, se hace cada vez más importante, generando al mismo tiempo un mayor número de situaciones peligrosas.

Según el último Barómetro de la Bicicleta (2015) 3,8 millones de ciudadanos o uno de cada diez utiliza la bicicleta a diario o casi a diario, una cifra que ha aumentado nueve puntos respecto al último barómetro de 2011. Este incremento se constata en el día a día de las ciudades, donde cada vez es más frecuente encontrarse con ciudadanos que utilizan este medio de transporte alternativo al vehículo privado.

Pese a que el mayor número de accidentes de tráfico con víctimas usuarias de bicicleta se produce en las vías urbanas, es en las interurbanas donde la lesividad es mayor y donde se produce el mayor número de fallecidos.

Como norma general, los ciclistas, al igual que los peatones, por tratarse de usuarios más vulnerables, tienen prioridad frente a los vehículos motorizados. Aún así, conviene repasar la normativa de la DGT para evitar en la medida de lo posible accidentes mortales.

Así, los ciclistas tienen prioridad de paso respecto a los vehículos de motor, cuando, circulando en grupo, el primero haya iniciado ya el cruce o haya entrado en una glorieta. Es decir, cuando los ciclistas circulan en grupo son considerados como una única unidad móvil de los efectos de prioridad de paso.

Pero los usuarios de las dos ruedas también tienen que cumplir con una serie de obligaciones al utilizar la vía pública para sus desplazameintos.

Según la Dirección General de Tráfico, pueden circular en paralelo, en columna de a dos, siempre lo más a la derecha posible de la vía y colocándose de uno en uno en tramos sin visibilidad ( Art 36.1 RGC). Asimismo, están obligados a utilizar el arcén, en el caso de que no exista vía o parte de ella que les esté especialmente destinada. Si el arcén no fuera transitable, podrán utilizar la parte imprescindible de la calzada.

En autovías solo podrán circular por el arcén, y siempre que sean mayores de 14 años, y no esté específicamente prohibido por la señal correspondiente. Además, no se consideran adelantamientos los producidos entre ciclistas del mismo grupo.

El uso del casco es obligatorio en vías interurbanas para todos los usuarios de bicicleta. En las vías urbanas su uso es obligatorio para los menores de 16 años tanto si son conductores como ocupantes de bicicleta. Para los mayores de 16, no es obligatorio, aunque Tráfico recomienda su uso.

Es obligatorio para los ciclistas, tanto en carretera como en zona urbana, el uso de luz delantera y reflectante trasero en la bicicleta, así como el uso de una prenda reflectante cuando se circula de noche.

Los ciclistas, al igual que el resto de conductores de otros vehículos están obligados a someterse a las pruebas de alcohol y drogas cuando les sea requerido en un control preventivo, se encuentren implicados en un accidente de tráfico o hayan cometido alguna infracción. En estos casos, solamente se le aplica la sanción administrativa, no la detracción de puntos ya que éstos van vinculados a un permiso de conducción.

Asimismo, los ciclistas como conductores tienen que cumplir el resto de normas establecidas en la legislación de tráfico y seguridad vial.

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