A quién puedo reclamar si tengo un accidente por culpa de la nieve

La Guardia Civil o la Policía realizarán el pertinente atestado de tráfico y en su caso el análisis pertinente

ABC.es

La nieve y el hielo, la lluvia, la mala visibilidad e incluso las malas condiciones de las carreteras en invierno son causantes de gran número de accidentes. Una vez que se produce el percance cabe preguntarse a quién se puede reclamar por los daños producidos si la culpa ha sido de la nevada. Realmente muchas veces la responsabilidad es de alguno de los conductores implicados, salvo casos excepcionales, pues casi siempre el accidente es provocado por alguna imprudencia.

Según han explicado a ABC.es los expertos de Legalcar , el Reglamento General de circulación, establece en el artículo 46 que la velocidad ha de moderarse en caso de “niebla densa, lluvia intensa, nevada o nubes de polvo o humo” incluso s i es necesario se puede detener el vehículo .

Además el artículo 106 obliga a la utilización del alumbrado y el encendido de la luz antiniebla trasera. También el artículo 95 indica que se debe mantener una distancia mínima de 100 metros o cuatro segundos, sin embargo en caso de meteorología adversa se recomienda duplicar la distancia.

En el caso de haber un accidente, la Guardia Civil o la Policía , levantaran el pertinente atestado de tráfico, realizando el análisis pertinente y determinaran si uno de los involucrados no ha cumplido las normas de seguridad, por lo que a pesar de la nieve el accidente se ha provocado por la responsabilidad del conductor.

Por lo tanto, se haría cargo de los lesionados y los daños materiales la compañía aseguradora del coche que según el atestado o parte amistoso haya sido el culpable del accidente, por lo que los perjudicados deberán ponerse en contacto con dicha compañía para reclamar la pertinente indemnización.

Puede suceder que el accidente haya sido provocado por responsabilidad de ambos involucrados, por ejemplo el coche de adelante no tenía encendida la luz antiniebla trasera y el coche trasero no estaba respetando la disminución de la velocidad pertinente en caso de nevada, por lo que se puede entender que hubo concurrencia de culpas , por lo que ambas compañías deberán indemnizar, según el porcentaje de culpa que cada vehículo haya tenido en el accidente.

Continuando con el supuesto de una concurrencia de culpas, los ocupantes de ambos vehículos deben recibir el cien por ciento de su indemnización , aunque sea pagada por las compañías involucradas, sin embargo, los conductores solo recibirán la indemnización del porcentaje de culpa que no hayan tenido.

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