Quienes no obtengan la renovación pueden ser multados con 200 euros
Quienes no obtengan la renovación pueden ser multados con 200 euros - abc.es

Un millón de conductores comunitarios residentes en España tendrán que renovar su carné

En sus países de origen lo obtuvieron para toda la vida, pero desde el 19 de enero deberán obtener la renovación para poder circular por España y no ser sancionados

Actualizado: Guardar
Enviar noticia por correo electrónico

Son en torno a dos millones los ciudadanos europeos comunitarios censados en España y mayores de 16 años. Casi la mitad son conductores, y muchos de ellos tienen un permiso para conducir en el que no figura ninguna fecha de caducidad, o en él se establecen plazos de vigencia de mas de 15 años, porque en los países donde se obtuvieron se otorgaron «de por vida» o por periodos de tiempo tan amplios que casi puede decirse que tenían una vigencia ilimitada. Pero esta situación va a cambiar de forma inmediata.

Por poner un apr de ejemplos, en el caso de los permisos de conducir expedidos hasta ahora en Francia o en Alemania no tenían fecha de caducidad, y los expedidos en el Reino Unido o Noruega tienen vigencia hasta que su titular cumpla los 70 o incluso los 100 años

, respectivamente.

Hasta ahora estos automovilistas extranjeros no tenían que renovar su permiso de conducir aunque adquirieran la residencia en España. Pero desde el lunes día 19 esta situación cambia, ya que a partir de esa fecha los conductores comunitarios residentes en España tienen que renovar su actual permiso de conducir en las mismas condiciones que los conductores españoles. La DGT puede imponer sanciones de hasta 200 euros para quienes desde entonces circule sin la correspondiente actualización de su permiso de conducir.

Según Automovilistas Europeos Asociados lo que deben hacer las personas afectadas es solicitar una cita previa para proceder a su renovación, Pueden hacerlo en el teléfono 060 o a través de la página web de la DGT.

Una vez sean citados, deberán acudir a la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente a su domicilio aportándola siguiente documentación:

• Documento Nacional de Identidad, NIE, pasaporte, en vigor, o cualquier otro documento que acredite la residencia en España.

• Permiso de conducción comunitario, tanto original como fotocopia.

• Informe de Aptitud psicofísica emitido por un Centro de Reconocimiento de Conductores autorizado.

• Una fotografía reciente de 32x26 mm

• Talón foto que se facilita en las Jefaturas de Tráfico, cumplimentado y firmado.

Además deberán ahcer efectivo el pago de una tasa de 23,50 euros.

Si bien la renovación del carné es obligatoria para los conductores comunitarios a partir de los dos años en que adquieran su residencia en España, la alternativa que tienen es la de solicitar antes de esos dos años el canje de su permiso comunitario por el equivalente español.

La ventaja que tiene esta opción es que Tráfico les va a expedir un permiso español por un periodo de 10 ó 5 años, sin necesidad del reconocimiento médico. Sin embargo, en este caso el permiso original a canjear hay que entregárselo a Tráfico para que lo remita a las autoridades del país de expedición.

Ver los comentarios