Arnaldo Otegui es el candidato a lendakari de EH Bilgu y sobre él pesa una pena de inhabilitación
Arnaldo Otegui es el candidato a lendakari de EH Bilgu y sobre él pesa una pena de inhabilitación - REUTEURS

Dos inhabilitaciones y la ley electoral vetarán Otegui

La Junta de Guipúzcoa comunica este miércoles a Bildu su decisión sobre su candidatura a lendakari y resuelve que es «inelegible»

Madrid Actualizado: Guardar
Enviar noticia por correo electrónico

La Junta Electoral de Guipúzcoa ha resuelto que Arnaldo Otegui no puede presentarse como candidato a lendakari de EH Bildu a las elecciones vascas del próximo 25 de septiembre y ratifica así la sentencia de la Audienca Nacional que le inhabilita para ejercer un cargo público hasta 2021 al ser condenado en el año 2011 por pertenencia a ETA.

Así se lo ha comunicado el órgano este miércoles al partido. Según informaron a Europa Press fuentes del órgano electoral, la Junta tomó ayer la decisión -el primer día del plazo para estudiar las candidaturas- después de reunirse durante toda la mañana y esta mañana se lo ha comunicado a la formación. La resolución se hará oficial el 29 de agosto, tras la subsanación de errores en las listas

Varios obstáculos deben frenar la candidatura del líder abertzale, según informaron a ABC fuentes jurídicas. Otegui -que cumplió seis años de prisión por formar parte de ETA al intentar reconstruir la ilegalizada Batasuna- también fue condenado a una inhabilitación especial para empleo o cargo público y a una inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo. Esta última pena significa que el militante de Batasuna no puede ser elegido en ningún proceso electoral durante el tiempo fijado.

Ambas inhabilitaciones cumplen su plazo el 28 de febrero de 2021, según la liquidación de la condena que dictó la sección cuarta de la Sala de lo Penal, el tribunal que le condenó, en un auto fechado el 18 de enero de 2016. A pesar de que los seis años y medio de prisión finalizaron el 1 de marzo de este año -ese día, Otegui salió de la cárcel de Logroño y dio su primer mitin-, las inhabilitaciones pesan sobre él hasta 2021 porque comenzaron a computar desde el cuatro de septiembre de 2014: hasta entonces, el líder abertzale cumplía otra inhabilitación por una condena por enaltecer a un etarra.

Iker Casanova, antecedente

La defensa de Otegui recurrió la inhabilitación para cargo público, agarrándose al precedente del parlamentario vasco Iker Casanova. ¿El argumento? Que el tribunal no especificó sobre qué cargos recaía la inhabilitación, como exigen la ley y el Tribunal Supremo. La Audiencia desoyó su petición sin entrar al fondo del asunto: el plazo de su inhabilitación quedó sellado en una resolución del 24 de enero de 2013, que no recibió oposición y se convirtió en firme. Ya era tarde.

Fuera de los muros penales hay otra barrera más. El artículo 6.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General considera «inelegible» a los condenados por varios delitos, entre ellos el de terrorismo, sobre los que recaigan las dos inhabilitaciones a las que fue condenado Otegui. Es un efecto administrativo-electoral unido a la pena.

La Fiscalía de la Audiencia Nacional lo tiene claro. «Se cumplen todas las condiciones para declarar inelegible» a Otegui, argumentó. Después de la proclamación oficial de las candidaturas (el 29 de agosto), se abrirá un plazo para recurrir ante el Juzgado de lo Contencioso, que podrá resolver hasta el 2 de septiembre. Más allá, su decisión podrá ser cuestionada ante el Tribunal Constitucional, quien podrá decidir hasta el 7 de septiembre.

Ver los comentarios