Tribunales

Veredicto del jurado: el descuartizador de Majadahonda mató de forma deliberada y por afán de lucro

Se adhiere a la petición de la Fiscalía que no le aplica eximente sino atenuante por enfermedad. Irá a prisión

La familia de la inquilina se mostró satisfecha con el fallo mientras que la defensa anunció que recurrirá

El hermano de la mujer argentina, a la derecha DE SAN BERNARDO
M. J. Álvarez

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Culpable. Ese fue veredicto del tribunal popular que ha juzgado al presunto descuartizador de Majadahonda, Bruno Hernández Vega , de 34 años, diagnosticado de esquizofrenia paranoide . Los nueve integrantes del jurado, seis hombres y tres mujeres, le consideraron ayer responsable por unanimidad de todos los delitos que le han sentado en el banquillo: dos homicidios , el de su tía, dueña del chalé majariego, «por motivos lucrativos», y el de su inquilina -en una fecha no precisada de 2010 y el 1 de abril 2015, respectivamente-; además de falsedad documental, estafa y tenencia ilícita de armas.

Además, el tribunal, adhiriéndose a la tesis del Ministerio Fiscal, entiende, a tenor de los informes y testimonios de los peritos, que la enfermedad mental que padece «no anuló ni de forma completa ni incompleta su capacidad de entender y comprender el alcance de su actos». Es decir, que era plenamente consciente de ellos, a pesar de que nadie duda de la patología que le aqueja. Por ello, no le aplican ninguna eximente, lo que habría librado al procesado de prisión al ingresar en un psiquiátrico penitenciario como medida de seguridad.

Esta era la clave del juicio. De este modo, podría enfrentarse a una condena de prisión de más de 29 años (12 años y 5 meses por cada muerte, más penas de entre dos y un año por el resto de delitos), tal como solicitó la fiscal el viernes, al tener en cuenta el atenuante de enfermedad mental. En su escrito inicial aludía a la eximente incompleta de enajenación, en un sustancial cambio de postura.

El jurado fue rápido: tardó menos de 24 horas en motivar el objeto del veredicto

La deliberación del jurado fue rápida: tardó menos de 24 horas en motivar el objeto del veredicto. Así, considera probado que Bruno mató de forma «deliberada» tanto a su tía Liria Hernández , de 64 años, «por motivos lucrativos», como a su inquilina, Adriana Gioiosa , de 54 años. Después, «troceó y destruyó los cuerpos con la trituradora que adquirió por teléfono a nombre de otra persona y que recibió en la empresa que creó en Móstoles». No quería dejar pistas.

A nombre de un tercero

Dicha máquina fue hallada en el sótano del chalé donde alquilaba habitaciones, tras falsificar la firma de su pariente en un documento en el esta le cedía su usufructo durante 15 años a cambio del pago de 18.000 euros, una cantidad que jamás le abonó. En la picadora se hallaron «restos de sangre y orgánicos» de su pariente. Lo mismo sucedió con la infortunada arrendataria argentina de la que, además, se encontraron numerosos restos de ADN en cuchillos, un hacha-martillo, fregadero...

El tribunal motiva el afán de lucro porque el condenado no solo se benefició de la renta de los alquileres sino que realizó dos transferencias desde la cuenta de Liria a una suya por 33.227,85 euros entre el 22 de noviembre de 2010 y el 28 de junio de 2011. Además, la letra de la carta de despido de Adriana (la cámara le captó echándola debajo la puerta del local) y la de la Liria eran la de Bruno. El jurado destaca que envió mensajes al hermano de argentina, Eduardo Gabriel y a todo aquel se interesaba por ella, dejando pistas falsas. Lo mismo hizo con su tía, de la que dijo que estaba en una residencia.

La acusación particular mantuvo la misma petición fiscal, 12 años por homicidio, frente a los 10 de la defensa y anunció que recurrirá el fallo. El procesado lo escuchó sin mover ni un músculo. Ahora la magistrada elaborará la sentencia en base al veredicto del jurado.

«Se ha hecho justicia» , dijo Eduardo Gabriel Gioiosa, quien agradeció el trabajo de la Guardia Civil, jurado y letrado y sin cuya denuncia no se habría destapado el espeluznante caso.

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