El TSJM ratifica la ilegalidad de la capilla de la vidente de El Escorial

Luz Amparo Cuevas falleció el 17 de agosto de 2012 a los 81 años y sus restos aún permanecen en la capilla

S. L.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha ratificado la ilegalidad de la capilla construida por la vidente Luz Amparo Cuevas en El Escorial tras rechazar el recurso presentado por sus seguidores y el Ayuntamiento de la localidad. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJM ha confirmado la sentencia de febrero del año pasado del juzgado número 23 de Madrid que declaró ilegal la infraestructura tras anular la resolución del Ayuntamiento del PP que autorizó provisionalmente la construcción de la capilla .

En este sentido, el tribunal desestima el recurso de apelación interpuesto por el Ayuntamiento del Escorial y por la entidad «Asociación de Seglares Reparadoras, Amor, Unión y Paz». Además, tendrán que pagar las costas causadas por el recurso que se elevan a 2.000 euros, a partes iguales por las dos partes, más los derechos arancelarios del procurador.

La decisión confirma la sentencia dictada el día 23 de febrero de 2016 por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 23 de Madrid en el Procedimiento Ordinario número 94 de 2012. Sobre esta resolución judicial se puede presentar un recurso de casación, que deberá prepararse en el plazo de treinta días.

Luz Amparo Cuevas falleció el 17 de agosto de 2012 a los 81 años y sus restos aún permanecen en la capilla que se ha declarado ilegal en la finca privada de Prado Nuevo . El Ayuntamiento de El Escorial autorizó la instalación provisional de la capilla el 19 de junio de 2012 por un plazo inicial de un año prorrogable.

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