Tribunales

El Supremo confirma los 70 años de prisión para el pederasta de Ciudad Lineal

Señala que la sentencia de la Audiencia de Madrid es «impecable» y que no hay duda de su autoría

Antonio Ángel Ortiz Martínez, conocido como el pederasta de Ciudad Lineal, ABC
Nati Villanueva

Esta funcionalidad es sólo para registrados

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a 70 años y 6 meses de prisión impuesta a Antonio Ángel Ortiz Martínez , conocido como el pederasta de Ciudad Lineal , como autor de cuatro delitos de agresión sexual, cuatro de detención ilegal y lesiones cometidos contra cuatro menores, de entre 5 y 9 años, entre el 24 de septiembre de 2013 y el 22 de agosto de 2014 en Madrid. El condenado tendrá que indemnizar a las víctimas con 425.000 euros .

La Sala desestima los catorce motivos alegados por el condenado en el recurso de casación y considera que la sentencia de la Audiencia de Madrid que le impuso la citada condena valoró «prueba de cargo válida, de neto valor incriminatorio» y, además, «con un razonamiento impecable que excluye todo asomo de vulneración del derecho constitucional a la presunción de inocencia».

En su recurso, la defensa mantenía que no se podía sostener la autoría del acusado respecto de todos los hechos denunciados por las cuatro niñas . Para el tribunal , lo verdaderamente definitivo para proclamar esta autoría ha sido la «firmeza» en la identificación del procesado por parte de las menores agredidas. Junto a este hecho, hay además otros elementos de corroboración, como el método empleado por el acusado para acercarse a las menores, su traslado a un lugar previamente seleccionado y las técnicas a las que sometió a cada una de ellas.

La Sala Penal del Alto Tribunal da total fiabilidad a las pruebas de ADN recogidas en el lugar de los hechos (sobre las que en la vista los expertos dieron suficientes explicaciones,dice), a la localización del móvil del condenado en sitios concretos a horas determinadas y a las ruedas de reconocimiento, y descarta que el hecho de que su foto y nombre fuera difundido por el Ministerio del Interior en rueda de prensa influyese en la rueda de reconocimiento que las menores hicieron de él. «Ninguna de las menores admitió haber visto la imagen del acusado de forma anticipada a su reconocimiento judicial, en algún medio de comunicación», apuntan los magistrados.

Elogio al abogado de oficio

El tribunal aprovecha la sentencia para dejar constancia de la «profesionalidad y encomiable dedicación» del abogado de oficio que asumió la defensa de Antonio Ortiz. La tarea defensiva, aun cuando no haya alcanzado su objetivo principal, que es la absolución del acusado, ha sido realizada con «una dignidad profesional ciertamente loable», que, en supuestos como este hace que, «el significado del turno de oficio como instrumento para hacer realidad el compromiso constitucional de asistencia jurídica gratuita a quienes carezcan de recursos para litigar, adquiere todo su valor», concluye.

Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación