Sánchez Mato puede ser inhabilitado si no echa a los okupas de La Ingobernable

La Asesoría municipal ha alertado en dos ocasiones al edil de que podría incurrir en un delito si no actuaba. El concejal desoyó las indicaciones y cuestionó los informes para mantener a los moradores ilegales

El edificio okupado por el Patio Maravillas en la calle del Gobernador, 39, con el paseo del Prado, 30 MAYA BALANYA
Tatiana G. Rivas

Esta funcionalidad es sólo para registrados

Medio año lleva ya El Patio Maravillas instalado plácidamente en el edificio de titularidad municipal de la calle Gobernador, 39, esquina con Paseo del Prado, 30. Este inmueble iba a convertirse en un templo de arquitectura y urbanismo a través del Museo Ambasz . El Gobierno de Ana Botella aprobó al final de legislatura (2015) una concesión por 75 años a la fundaciónque le daría nombre. Ahora Madrid tachó de sospechosa la donación –gratuita– y, mientras trata de romper el acuerdo , ha permitido la mutación de este bien patrimonial en bloque okupa. La Ingobernable se hace llamar, dirigida por los integrantes que un día fueron compañeros de algunos de los actuales concejales de Ahora Madrid en el Patio Maravillas ( Celia Mayer, Guillermo Zapata, Javier Barbero, Pablo Carmona y Rommy Arce ).

Según ha podido saber ABC, tras la okupación la Asesoría Jurídica municipal tomó rápido cartas en el asunto, a petición propia, para que el equipo municipal recondujera la situación de desgobierno. Varios documentos a los que ha tenido acceso este diario constatan que el departamento apremió a Patrimonio, área de la que es responsable el concejal de Economía y Hacienda, Carlos Sánchez Mato , para que echara a los inquilinos ilegales de su propiedad.

Le recordaba la Secretaría General Técnica de la Gerencia de la Ciudad, en un informe fechado a 10 de mayo de 2017 firmado por el director general de la Asesoría Jurídica, Ángel Luis Ortiz González, que era su obligación como titular del inmueble iniciar los trámites para recuperarlo, aunque hubiera un concesionario. Lo tienen fácil. A la Administración le ampara la ley y la jurisprudencia en tiempo como no lo hace para el particular (ante un caso de usurpación de la vivienda). El artículo 82 de la Ley reguladora de las Bases del Régimen Local establece que se puede recuperar «en cualquier momento cuando se trate de los [bienes] de dominio público y, en el plazo de un año, los patrimoniales». El inmueble de Gobernador es de dominio público. Este texto es refutado también en el artículo 70 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales y el artículo 55 de la Ley de Patrimonio de las Administraciones Públicas . Además, le comunica que Justicia ampara a la Administración con numerosa jurisprudencia.

Dos vías

Dos vías tiene el Ayuntamiento para rescatar su control: por ejercicio de oficio dando traslado a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, un trámite que como mucho dilataría en diez días el lanzamiento (hasta que Delegación de Gobierno lo autorizara) o mediante denuncia a la Fiscalía por delito de usurpación . De no actuar el área, advertían los servicios jurídicos, podía incurrir en un delito tipificado en el artículo 408 del Código Penal con la inhabilitación especial de empleo o cargo público a la autoridad por un tiempo de seis meses a dos años por dejar «intencionadamente de promover la persecución de los delitos de que tenga noticia o de sus responsables».

La soga aprieta desde entonces para el edil de las cuentas madrileñas, pero prefirió desoír la recomendación. El 18 de mayo, el Ayuntamiento inició los trámites para recuperar el edificio de oficio mediante un trámite de audiencia . Dicho de otro modo, la Policía Municipal identificó a los moradores ilegales y estos justificaron al Ayuntamiento que estaban cumpliendo una labor social. Ahí quedó todo y La Ingobernable continúa ofreciendo sus servicios a través de su página web con programación actualizada semanalmente.

La Dirección General de Patrimonio (DGP), al amparo de Sánchez Mato, prefirió dejar a los okupas y entrar en batalla con la Secretaría General Técnica. Puso en cuestión su advertencia, fundamentada por la legislación y jurisprudencia correspondiente, y le preguntaba si el Ayuntamiento es el que tiene que actuar para desokupar el edificio, e incluso si el aterrizaje del Patio Maravillas era constitutivo de un delito. Otra duda que planteaba era si los órganos competentes en materia de patrimonio podían cometer el delito mencionado, ya que no les correspondía la persecución de los delitos.

Incoherencia

El 23 de junio de 2017, la Asesoría Jurídica volvió a escribir a Sánchez Mato tratando de resolver sus cuestiones. Ponía de manifiesto el servicio jurídico la incoherencia del departamento sobre las preguntas planteadas y le reiteraba los avisos del primer informe. Le volvía a recordar el apartado de conclusiones: «Independientemente de las actuaciones que lleve a cabo el concesionario, el Ayuntamiento de Madrid tiene la obligación jurídica de ejercer las acciones necesarias para defender sus bienes». Podría ser la Junta de Gobierno la que iniciara el trámite o bien Economía y Hacienda por delegación. Explican los expertos que cuando otorga una concesión demanial se debe garantizar el uso privativo o especial del bien y además que se puedan cumplir las condiciones bajo las cuales se otorgó.

Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación