Primera sentencia que anula la venta de acciones del Popular en Galicia

Un juzgado de Vigo afirma que el banco no ofreció información veraz en la ampliación de capital

Una oficina del desaparecido Banco Popular ABC

NATALIA SEQUEIRO

La Justicia empieza a dar la razón a los pequeños accionistas del Banco Popular, que vieron como su inversión se esfumaba cuando la entidad fue vendida al Santander por un euro . El Juzgado de Primera Instancia número 13 de Vigo ha dictado la primera sentencia en Galicia que anula una compra de acciones de la ampliación de capital de la entidad de junio de 2016 . Justo un año después el Popular era intervenido ante el temor de que no tuviese liquidez para atender a sus clientes. El juzgado entiende que el banco incumplió su obligación de facilitar «información exacta y veraz» sobre su estado financiero real.

Según ha informado el despacho de abogados Pérez-Lema, la sentencia anula una compra de acciones por valor de 2.988,41 euros , correspondiente a la última ampliación de capital del Popular, realizada en 2016. El juez señala que el banco no aportó información sobre su situación, impidiendo que los inversores pudieran decidir «con pleno conocimiento de los riesgos» . El juzgado señala que el folleto informativo del Banco Popular «contenía inexactitudes y errores contables», explica el abogado Xoán Antón Pérez-Lema. Por este motivo, en la adquisición de acciones por parte de los demandantes «se produjo un vicio en el consentimiento y fueron suscritas con dolo o error invalidante», añade.

Para la sentencia se tuvo en cuenta un informe pericial presentado por DDC Consultores. Según el perito José Antonio Pena Beiroa, los datos económicos de la entidad facilitados en la nota de valores de mayo de 2016 «no ofrecen una imagen fiel del patrimonio de la entidad , pues la previsión máxima de pérdidas contables era de 2.000 millones de euros. Pero tras la aprobación de las cuentas anuales, «se tradujo en pérdidas anuales de 3.485 millones y un cargo a resultados de más de 5.500 millones de euros», subraya el informe. Esto implica, según el perito, que en un año aparecieron pérdidas por más de 4.000 millones, «que estaban latentes en el patrimonio de la entidad y afloraron en las cuentas anuales tras la entrada del nuevo Consejo de Administración».

El juzgado declara —en sentencia firme ya que no cabe recurso debido a la cuantía— la nulidad relativa de la adquisición de las acciones suscritas por los demandantes. Los casi 3.000 euros que invirtieron, les deberán ser reintegrados junto con los intereses legales desde esa fecha.

El abogado Xoán Antón Pérez-Lema critica que el juzgado vigués no haya condenado al Banco Popular también al pago de las costas originadas a los demandantes. Pérez Lema considera que hay una «clara desproporción entre la capacidad de las entidades financieras para defenderse en los tribunales frente a los pequeños accionistas para reclamar sus derechos». En Galicia se calcula que entre 10.000 y 15.000 accionistas perdieron sus ahorros tras la compra del Popular por parte del Santander .

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