Oposiciones para auxiliar administrativo de la Conselleria de Sanidad, en foto de archivo
Oposiciones para auxiliar administrativo de la Conselleria de Sanidad, en foto de archivo - MIKEL PONCE
Sindicato Médico

El Supremo sentencia que los funcionarios interinos deben cobrar como los fijos

El alto tribunal desestima el recurso de la Generalitat Valenciana y abre la puerta a cientos de litigios

VALENCIA Actualizado: Guardar
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El Tribunal Supremo ha ratificado este lunes el criterio del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana sobre el derecho de los funcionarios interinos de larga duración de percibir las mismas retribuciones que el personal fijo de su mismo centro y categoría.

Así lo han anunciado desde el Sindicato Médico de la Comunidad Valenciana (CESM-CV) en un comunicado, en el que han exigido a la Conselleria de Sanidad "la inmediata apertura de negociaciones para incorporar a los interinos a la carrera profesional, tal y como estaba previsto tras el mandato al respecto de les Corts".

El Supremo ha desestimado así el recurso de la Generalitat contra la sentencia del TSJCV de diciembre de 2015 que reconocía el derecho de los funcionarios a las diferencias económicas correspondientes al complemento de carrera y ratifica la doctrina al respecto de los tribunales europeos.

Según el sindicato, en su momento se presentaron numerosas demandas en reclamación de las diferencias retributivas del complemento de carrera, que han desembocado en sentencias estimatorias de los juzgados de lo Contencioso Administrativo y muchos juicios pendientes de sentencia a la espera de que se pronunciara el Tribunal Supremo.

Nuevas reclamaciones

Por ello, esta Sentencia supone la reactivación de todos los juicios, y abre las puertas a la posibilidad de nuevas reclamaciones. CESM-CV está pidiendo a los interesados la documentación necesaria para iniciar la reclamación, que incluye el certificado de servicios prestados, 2 nóminas y el nombramiento actual.

El requisito mínimo establecido, por el momento, es llevar 5 años de servicios prestados, según han detallado desde el sindicato sanitario.

"En CESM-CV consideramos que la sentencia supone el reconocimiento de que no se puede discriminar al personal temporal respecto al fijo en cuanto al monto de las retribuciones. Lo que no implica más allá de las consideraciones económicas y no presupone que deba participar todo el mundo en la carrera profesional como sistema de progresión", han destacado.

En este sentido, han considerado que abre la puerta a su extensión al personal estatutario, aunque han destacado que "no es cierto, sin embargo, que se vaya a aplicar de modo automático", pues "la decisión del Supremo, y la previa del TSJCV, solo tiene efectos directos sobre el personal de función pública".

"No obstante, para evitar una larga etapa de litigios judiciales, como ocurrió con la paga extraordinaria de 2012, que en cualquier caso terminarían por darnos la razón, exigimos a la Conselleria de Sanidad que convoque a los sindicatos representativos para iniciar de inmediato las negociaciones que pongan fin a este problema de modo definitivo", han concluido.

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