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Imagen de archivo de Juan Cotino - ROBER SOLSONA
Visita del Papa a Valencia

La Generalitat y el PSPV piden la recusación de dos jueces del caso Gürtel por su «relación» con el PP

La solicitud, a la que suma Anticorrupción, se basa en que los magistrados «carcen de imparcialidad para analizar el comportamiento del Partido Popular»

VALENCIA Actualizado: Guardar
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La Abogacía de la Generalitat, el PSPV y la Fiscalía Anticorrupción han pedido la recusación de dos de los magistrados que juzgarán la pieza del caso Gürtel sobre la visita del papa a Valencia, al considerar que carecen de "imparcialidad para analizar el comportamiento del Partido Popular".

Según el escrito presentado ante la Audiencia Nacional, al que ha tenido acceso EFE, la Abogacía General de la Generalitat pide la recusación de los magistrados Concepción Espejel y Enrique López, de los que recuerda que ya han sido apartados en dos piezas de este procedimiento.

El PSPV-PSOE, que ejerce la acusación popular en el caso Gürtel, también ha presentado ante la Audiencia Nacional un incidente de recusación con idénticos argumentos.

La Fiscalía Anticorrupción también apoyó los incidentes presentados contra estos magistrados en otras piezas del caso, y que supusieron que quedaran apartados de los juicios por la primera etapa de la trama, la presunta 'caja B' del PP y la abierta por las adjudicaciones concedidas que el Ayuntamiento de Jerez (Cádiz) a la red en el marco de la Feria Internacional de Turismo (Fitur) de 2004.

Para el Gobierno valenciano, en este caso concurren circunstancias para "temer una ausencia de imparcialidad" por parte de ambos magistrados para analizar el comportamiento del Partido Popular, dadas sus relaciones con este partido, debido a "circunstancias y razonamientos" que vinculan a ambos con el PP.

"Ese conjunto de relaciones, circunstancias y nombramientos que vinculan a los magistrados con el Partido Popular, si bien no pueden acreditar que ninguno de los dos albergue prejuicios, sí que implica una sombra de duda no sólo en los justiciables, sino en la opinión pública que justifica su recusación", argumenta el Consell.

Para el Ejecutivo valenciano, desde un punto de vista objetivo sería "totalmente incomprensible" que un magistrado recusado para juzgar a un partido no lo esté para juzgar "a sus más altos representantes", ya que existe " una unidad de acción y voluntad en los actos imputados al partido y a sus responsables", como al exconseller Juan Cotino.

La Generalitat defiende que la apariencia de parcialidad para apreciar "con neutralidad y objetividad" los hechos por los que se enjuicia a un partido es la misma que objetivamente existe para examinar los actos ejecutados por quienes representan al partido en la vida pública.

Por ello, insiste en que " no puede separase, a ojos de un observador externo, entre el partido y quienes hablan por él, de forma que exista parcialidad objetiva para enjuiciar al partido e imparcialidad para enjuiciar a sus representantes".

Finalmente, recuerda que el "elemento clave" en torno al cual giran todas las piezas es la relación entre el Partido Popular y sus cargos con las empresas vinculadas o relacionadas con Francisco Correa y Álvaro Pérez, y este elemento unificador ya motivó que el Partido Popular fuera expulsado del proceso como acusación.

"La falta de imparcialidad para analizar el comportamiento del Partido Popular ya manifestada en otras piezas del proceso contamina igualmente la presente pieza en la que se analiza las relaciones que altos cargos del Partido Popular mantenían con el "Grupo Correa", destaca la Generalitat.

Según la Abogacía de la Generalitat, la no apreciación de esta circunstancia "conlleva el riesgo de decisiones y criterios dispares" si esa relación es analizada en unos casos por magistrados "aparentemente contaminados y en otros casos por magistrados objetivamente imparciales".

La Generalitat defiende que la congruencia en el análisis de las distintas piezas de la causa debe de trasladarse al ámbito de la idoneidad de los juzgadores, de forma que no exista "sombra de duda sobre la parcialidad en ninguna de las piezas del procedimiento" y que la causa "aparezca juzgada bajo un examen neutral".

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