«Caso Cooperación»

La Audiencia procesa a Rafael Blasco por subvenciones irregulares a ONG y la construcción del hospital en Haití

Desestima el recurso del exconseller y otros ocho investigados contra el auto de incoación de procedimiento abreviado por el caso Cooperación

Imagen de archivo de Rafael Blasco, procesado en el caso Cooperación EFE

ABC

La Audiencia Provincial de Valencia ha desestimado el recurso del exconseller Rafael Blasco y otros ocho investigados contra el auto de incoación de procedimiento abreviado por el caso Cooperación, que investiga supuestas irregularidades en subvenciones a varias ONG y la construcción de un hospital en Haití. Así mismo, ha incorporado a la causa a tres personas , entre ellas Fernando Darder, presidente de Esperanza Sin Fronteras.

Según informa el Tribunal Superior de Justicia valenciano, la sección segunda de la Audiencia recuerda que "el extenso auto -389 páginas- que acuerda la incoación de procedimiento abreviado describe en detalle la estrategia de los imputados para hacerse con los fondos públicos y los expedientes en los que se vieron beneficiados".

En su recurso, Blasco alega indefensión al atribuirle el auto hechos y delitos sobre los que no ha declarado con anterioridad, ya que al de prevaricación, malversación de fondos y cohecho se le une el de asociación ilícita o de grupo criminal.

Pero según el auto, la declaración como imputado "no obliga necesariamente" a oirlo "cada vez que aparece un matiz nuevo", o "un hecho relativamente distinto pero indudablemente vinculado al objeto procesal", y concluye que "ni hay indefensión ni se puede identificar ni siquiera una definida irregularidad procesal que pudiera haberla causado".

Respecto a la indefensión por la división de la causa en distintas piezas que argumenta Blasco que "le perjudica por la influencia que ejerce en testigos y peritos una condena previa por hechos relacionados", la sección segunda defiende que un supuesto "juicio paralelo" por el fraccionamiento "no afecta a la legalidad de la sentencia".

Tampoco considera el auto que haya vulneración del derecho de defensa y a un proceso con todas las garantías por la forma en que se han conducido las diligencias testificales o por rechazar testificales propuestas por la defensa, porque las considera "no necesarias para los fines propios de la fase de instrucción y que ya fueron objeto de resolución procesal firme".

Sobre la imparcialidad que alegan de la instructora por considerar que su auto recurrido "no respeta la presunción de inocencia" y acude a "presunciones y supuestas deducciones en el vacío", señala que "no se puede alegar la pérdida de imparcialidad como consecuencia de su inevitable y necesaria implicación en la actividad investigadora".

El auto estima a su vez los recursos del Ministerio Fiscal y la Abogacía de la Generalitat contra el sobreseimiento acordado sobre Fernando Darder, Félix Sanz y Miguel Ángel Climent , que revoca y por tanto vuelven a estar investigados .

Igualmente, estima el recurso de la Coordinadora Valenciana de ONG contra el sobreseimiento respecto a José María Felip por la convocatoria de subvenciones de 2011 y acuerda continuar el procedimiento contra él.

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