El TSJC confirma la condena de 15 años por matar a su exmujer en Mataró y esconder el cadáver

La sala civil y penal ha rechazado el recurso presentado por parte de la defensa de apelación

Acto de la toma de posesión de la fiscal jefe de Barcelona, Concepción Talón INÉS BAUCELLS

ABC.ES

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha confirmado la condena de 15 años de prisión para Mohamed T. por matar a su exmujer el 4 de abril de 2014 y ocultar el cadáver, que nunca fue encontrado.

Según ha informado el TSJC este martes, la sala civil y penal ha rechazado el recurso de apelación presentado por la defensa del acusado que alegaba vulneración del derecho fundamental a la presunción de inocencia porque la condena carecía «de base».

Defendía que se había vulnerado el derecho a la presunción de inocencia al transformar en indicios integrantes de la prueba indirecta de un homicidio hechos que, considerados de forma aislada, «son inocuos o, a lo sumo, simples suposiciones o sospechas sin fundamento preciso», ya que nunca se encontró el cadáver ni restos biológicos, ni tampoco había testigos presenciales.

El TSJC puntualiza que la no aparición o la desaparición del cadáver y la imposibilidad de realizar la autopsia «no constituyen un obstáculo insuperable para que pueda darse una condena por un delito de homicidio, necesariamente basada entonces en prueba indiciaria», ni tampoco que no haya muestras biológicas ni testigos directos.

Además, defiende que las conclusiones obtenidas por las periciales de coberturas telefónicas y de inteligencia policial son «plenamente válidas y perfectamente utilizables» , junto al resto de las pruebas aportadas por las acusaciones, para sustentar la decisión finalmente adoptada por el Jurado.

Concreta que «no es posible explicar de otra manera» el hallazgo en poder del acusado del ejemplar original del libro de familia que hasta entonces tenía la víctima y del que ella no se habría desprendido voluntariamente, porque él la había amenazado con llevarse a sus dos hijas a Marruecos.

«Tampoco es posible explicar de otra manera la ausencia absoluta de noticias sobre el paradero de Piedad M. justo desde el preciso instante en que se encontró con el acusado, que hasta entonces la acosaba y la había amenazado de muerte ante terceros », argumentan.

No aceptó la separación

El Tribunal del Jurado consideró probado que el acusado «acabó intencionalmente y de forma violenta» con su exmujer, sin que hasta la fecha se haya encontrado su cadáver, cuando ambos estaban en casa de él.

El acusado no había aceptado la decisión de separarse de su mujer y comenzó a «hostigarla insistentemente» para que continuara con la relación matrimonial, al tiempo que se ponía en contacto con amigos y familiares de Piedad, todo ello a fin de conseguir que cambiase de opinión.

El viernes 4 de abril de 2014, contactó telefónicamente en dos ocasiones con la intención de encontrarse con ella, y ella se dirigió en su coche hasta su domicilio, donde su exmarido la mató.

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