Los asusados, esta mañana durante la vista
Los asusados, esta mañana durante la vista - ORIOL CAMPUZANO

Los mossos del «caso Benítez» acuerdan a última hora una pena mínima para librarse de la cárcel

El acuerdo prevé que los acusados indemnizarán a la familia de la víctima con 150.000 euros, que no ejercerán durante el período de condena y que estarán sin patrullar durante cinco años

BARCELONA Actualizado: Guardar
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Este lunes debería comenzar en la Audiencia de Barcelona, con el trámite previo de la elección del jurado popular, uno de los juicios más sonados de los últimos años. En el banquillo, seis agentes de los Mossos d'Esquadra acusados de la muerte del empresario Juan Andrés Benítez, fallecido en octubre de 2013 en plena calle del barrio de Raval de Barcelona cuando era reducido y golpeado por los agentes, que acudieron al lugar tras ser alertados por un discusión menor entre la víctima y un vecino suyo. Además, otros dos mossos iban a ser juzgados por encubrimiento. Por arrojar agua al charco de sangre que quedó en la calle tras la retención de la víctima y por borrar imágenes de móvil de los hechos grabadas por vecinos.

Antes del comienzo del juicio, el TSJC ha rechazado expulsar del «caso Benítez» a la acusación popular, el único escollo para el pacto entre las demás partes para que los seis mossos acusados de homicidio del empresario Juan Andrés Benítez se libraran de la prisión. La acusación popular seguía siendo entonces ejercida por la Asociación Catalana de Derechos Humanos (ACDH). Sin embargo, las partes han alcanzado un acuerdo de última hora para poder atraer al pacto a la acusación popular.

El acuerdo, alcanzado entre todas las partes justo antes del inicio del juicio, previsto para esta mañana con un jurado popular, prevé que los mossos acusados indemnizarán a la familia de la víctima con 150.000 euros, que no ejercerán como mossos durante el período de condena y que estarán sin patrullar durante cinco años.

Sin cárcel

La Fiscalía pidió once años de prisión para cada uno de los seis agentes acusados del homicidio de Benítez, pero después de meses de negociación han llegado a un pacto con las defensas y la acusación particular ejercida por la hermana de la víctima, por el que los mossos aceptan una pena de dos años de cárcel que, al carecer de antecedentes, estarían exentos de entrar en prisión.

Los acusados deberán cumplir dos años de suspensión de cargo, empleo y sueldo y los cinco siguientes de libertad vigilada con tres medidas cautelares: no acostarse a menos de 1.000 metros de acercarse al lugar de los hechos (la calle Aurora), no podrán patrullar y tendrán que realizar un curso sobre derechos humanos. Por otro lado, los dos mossos acusados de encubrimiento han sido condenados a seis meses de prisión, que por carecer de antecedentes como sus compañeros no entrarán en prisión, y tres meses de suspensión de sueldo y trabajo.

La acusación particular fue favorable al pacto para acabar con el proceso y no alargar más el sufrimiento. En el acuerdo entre las defensas el fiscal y la acusación particular se contempla una indemnización de 150.000 euros previstos para los familiares de Benítez. Para llegar a este pacto, los agentes reconocieron que causaron la muerte de Benítez por emplear una fuerza desproporcionada en la reducción.

El acuerdo, sin embargo, tuvo una serie de impedimentos previos debido a los reparos de la acusación popular que la ACDH ejercía en la causa. Su abogada, Laia Serra -que también representaba a Ester Quintana, la mujer que perdió un ojo supuestamente por una pelota de goma de antidisturbios de Mossos- , rechazaba pactar con los agentes imputados una condena por homicidio imprudente.

Para dejar al margen a la Asociación de Derechos Humanos, representada por la abogada Laia Serra, las defensas se aferraron a la última reforma de la Ley de enjuiciamiento criminal (LEC), aprobada el pasado mes de diciembre y que establece que una acusación popular solo puede personarse si así lo acepta la acusación particular ejercida por los perjudicados.

La juez de Barcelona que investigó el caso envió a juicio a los seis agentes acusados de un delito de homicidio -doloso, en que el procesado asume las altas probabilidades de causar la muerte a la víctima-, tras concluir que acabaron con la vida de Benítez al reducirlo de forma "violenta y desproporcionada".

«Múltiples causas»

Por su parte, tanto la Fiscalía como la acusación particular acusaron a los agentes de homicidio doloso, pero subsidiariamente aceptaron que podían ser condenados por delito de homicidio imprudente, castigado con penas de entre uno y cuatro años de prisión.

Uno de los argumentos que esgrimió la fiscal para defender un acuerdo es que el juicio, con jurado, puede tener un resultado incierto. Porque los forenses concluyeron que Benítez murió debido a «multiples causas», sin poder precisar cuál fue la decisiva. Murió por la suma de los golpes recibidos, la actuación policial y el estrés que le provocó y la ingesta previa de cocaína, a la que se sumó un enfermedad cardíaca que sufría Benítez, concluyó la autopsia.

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