Protesta por la suspensión cautelar de las oposiciones
Protesta por la suspensión cautelar de las oposiciones - ICAL
Tribunales

El TSJ anula la oposición suspendida cautelarmente de enfermería en 2015

Más de 20.000 personas aspiraban a realizar la prueba

Valladolid Actualizado: Guardar
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El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León ha declarado nula la convocatoria de las oposiciones de enfermería que se hubieran celebrado el pasado domingo 22 de noviembre de 2015, según publica en su edición de «El Norte de Castilla» y recogida por Ical. El rotativo explica que el Estado había recurrido la convocatoria de la Junta que agrupaba ofertas públicas de empleo de 2009, 2010 y 2011, por considerar que el plazo había vencido, según la normativa en vigor que establece un máximo de tres años para ello y, también, en base a que se habían superado los límites de déficit público máximo posible.

Fue, por lo tanto, la propia Administración General del Estado quien recurrió la orden de Sanidad de convocatoria del proceso selectivo que se hubiera celebrado en Valladolid y en León.

Más de 20.000 aspirantes se habían preparado durante meses y años la prueba en busca de la titularidad de una plaza. El TSJ optó entonces por dictar un auto de suspensión cautelar a la espera de que la sala dictaminara sentencia, al considerar que hubiera sido mayor el perjuicio causado a los aspirantes si se hubiera permitido realizar el examen y, posteriormente, el tribunal falla una anulación, como explica el diario.

Y así ha ocurrido, la sala de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid, en sentencia de 6 de junio de 2016, ha dado la razón al departamento de Cristóbal Montoro en contra de las pretensiones de Sanidad, y también de los sindicatos –Satse, UGT , CCOO y CSIF– que en vista de la pérdida de plazas también se personaron.

El artículo de El Norte de Castilla aclara que el tribunal solo analiza el argumento para su anulación de la caducidad de la convocatoria porque, al estimarlo más que suficiente para considerar la orden sanitaria contraria a derecho, no entra a analizar las consideraciones sobre la superación de los límites presupuestarios establecidos en la legislación al respecto que el auto de medidas cautelares sí había contemplado.

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