Quiero ser familia de acogida, ¿qué tengo que hacer?

El acogimiento familiar es el instrumento más adecuado para la protección de los menores que necesitan un hogar cuando atraviesan dificultades. Castilla-La Mancha ha aumentado este año las ayudas para este recurso social

Toledo Actualizado: Guardar
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Las familias acogedoras brindan su apoyo, cariño y dedicación a los menores que necesitan un hogar en un momento de dificultad en sus vidas. El ambiente familiar, siempre mejor que el de un centro residencial, ayuda a facilitar un desarrollo armónico de la personalidad de niños y adolescentes, al tiempo que mantienen la relación y el vínculo con su familia biológica.

Pero aunque muchas familias están dispuestas a asumir esta responsabilidad con todas sus consecuencias, no se atreven a dar el paso definitivo. El Gobierno de Castilla-La Mancha, en su afán de fomentar el acogimiento familiar, ha aprobado este año un paquete de ayudas por valor de 2.750.000 euros, 100.000 euros más que en 2015. Y es que las familias acogedoras reciben apoyo económico para sufragar los gastos derivados de la manutención del menor

«Son menores que viven en nuestro entorno, necesitan una ayuda fundamental en un momento determinado, son a veces invisibles pero pueden estar en el colegio de nuestros hijos, pueden ser vecinos o vivir en el pueblo de al lado», afirma la presidenta de la Asociación de Intermediación y Cooperación Actia Social, Ascensión Martín, organización que se ocupa de este recurso en las provincias de Toledo y Guadalajara.

«Son niños que en un momento determinado no pueden ser atendidos por sus padres o necesitan una ayuda puntual. No hay que considerarlos que son nuestros y nos los vamos a quedar, es una medida temporal, incompatible con la adopción. Hay que ayudarles en su desarollo emocional teniendo a unas personas de referencia, es una gran ayuda aparte de para el menor, para la sociedad en general», añade Ascensión Martín.

Plan de Intervención

Habitualmente, se adopta esta medida cuando en el Plan de Intervención se prevé el retorno del menor con su familia de origen o en tanto se determina otra medida de protección más apropiada para su situación, por lo tanto no todos los menores son susceptibles de una medida de acogimiento familiar.

La primera opción es siempre valorar la posibilidad de que, mediante la intervención profesional que se requiera, el niño o niña pueda convivir dentro de su familia y en su entorno, modificando aquellos factores de riesgo diagnosticados como perjudiciales en el medio familiar.

Entre las alternativas de acogimiento familiar que se ofrecen al menor mientras está bajo la tutela de la administración, es prioritario el acogimiento familiar (en primer lugar, con su familia extensa: abuelos o tíos generalmente; y, en segundo lugar, con familias colaboradoras del programa, ajenas al entorno familiar).

Es muy importante sensibilizar a la población sobre la importancia de la figura del acogimiento como alternativa para aquellos menores que lo necesitan. En Castilla-La Mancha como en el resto del Estado, es necesario poner el foco en aquellos niños y niñas que presentan necesidades especiales, ya sea por su edad, por ser grupos de hermanos o por sus capacidades diferentes. Situaciones en las que resulta mucho más difícil asumir el paso tan importante que supone integrarles en una familia.

Modalidades

Con relación al vínculo previo existente entre la persona o familia acogedora y el menor, los acogimientos serán con familia extensa o ajena.

En el primer caso, el acogimiento se formaliza cuando existe una relación de parentesco por consanguinidad o por afinidad hasta el cuarto grado entre el menor y los acogedores (abuelos o tíos generalmente), se ajusta al principio de preservación del menor en su entorno y amortigua los efectos de la separación de aquel respecto de su núcleo de origen.

En segundo lugar están los acogimientos con familia ajena, que se formaliza con personas o familias en las que no se da dicha relación de parentesco y que desean colaborar en la atención y el cuidado de niños o niñas que, por diversas circunstancias, no pueden convivir con su familia de origen durante un tiempo determinado. Esta colaboración se entiende como una ayuda a todo el entorno familiar del menor. En esencia supone que la familia acogedora prestará al niño el apoyo complementario que necesita mientras no esté con su familia.

¿Qué procedimiento hay que seguir entonces? Primero, la captación. Los objetivos básicos que se pretenden con las campañas de captación de familias acogedoras son sensibilizar a la población en general sobre el acogimiento familiar, y que se extienda la cultura del acogimiento entre las familias mediante el conocimiento del programa, aumentar la bolsa de familias colaboradoras, poner en contacto a los posibles acogedores con los profesionales especialistas de este campo y con personas que llevan una trayectoria de colaboración en el acogimiento para que puedan contrastar y resolver dudas, tener unas expectativas realistas de la finalidad del programa y una información cercana de los técnicos responsables del programa y personas usuarias del mismo de largo recorrido.

Servicios de Familia

Luego es el momento de la solicitud. Las personas o familias interesadas en colaborar en el programa mediante el acogimiento de uno o más niños pueden dirigirse a los Servicios de Familia y Menores de la Dirección Provincial de Bienestar Social, donde les ofrecerán toda la información que precisen y donde podrán tramitar la solicitud de colaboración con el programa.

El siguiente paso es la sesión informativa-formativa. El contenido de esta sesión es proporcionar una primera aproximación al programa, a los conceptos legales referidos al menor y a resolver las dudas planteadas por las familias.

A continuación, se realiza la formación y valoración de las familias acogedoras. Los solicitantes participan en sesiones de formación con el objetivo de proporcionarles los conocimientos y habilidades necesarias para afrontar las posibles dificultades que puedan surgir en el proceso de acogimiento familiar.

Después de la formación se selecciona a la familia acogedora. De entre las familias incluidas en la bolsa de acogimiento familiar, es preciso seleccionar a la que mejor responda a las necesidades de cada menor. Algunos criterios generales a tener en cuenta para seleccionar las familias de acogida que mejor responden a las necesidades de cada menor serían la composición de la familia, ubicación , proximidad geográfica…

Y por último, el seguimiento y evaluación del acogimiento familiar. Una vez que el menor ha comenzado a convivir con la familia de acogida se debe realizar el seguimiento del acoplamiento. La periodicidad en el seguimiento del acoplamiento estará determinada por las características y necesidad de cada caso.

Las familias reciben apoyo técnico y supervisión durante todo el proceso, de forma periódica, continuada y especialmente en los momentos más sensibles, como los primeros encuentros, las visitas u otras eventualidades que pudieran dificultar la adecuada adaptación de los niños.

Igualmente se realiza una labor de acompañamiento y enlace entre la familia biológica y acogedora. El contacto del niño o niña con su familia biológica es imprescindible para que pueda retornar con ella. Es muy importante que los acogedores respeten la identidad, las circunstancias familiares y las figuras parentales del menor acogido.

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