Tribunales

Un juez considera ilegal el actual Registro de Delincuentes Sexuales

Emplaza al Tribunal Supremo a que revise el decreto que lo creó en 2015 y da la razón a una profesora que ha recurrido

El fallo es recurrible ahora ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón

R. Pérez

Un juez de Zaragoza ha considerado «inválido», por ilegal, el Real Decreto 1110/2015 que creó y reguló el Registro Central de Delincuentes Sexuales . Es decir, el registro en el que quedan inscritos todos aquellos que han sido condenados por cometer delitos sexuales, y que conlleva su inhabilitación para ocupar empleos que suponen trabajar con menores de edad.

Desde que entró en vigor esa norma, la Administración convirtió en obligatorio que quienes desempeñan o aspiran a desempeñar una plaza de profesor de menores de edad deban certificar que no están en ese registro de delincuentes sexuales. Ello se suele hacer de dos formas: el certificado puede solicitarlo el interesado a ese registro, o bien autoriza a la Administración para que lo pida por él.

Una profesora aragonesa, sin embargo, se negó a cumplir con este requisito por entender que es una norma ilegal, que atenta contra la Constitución y que vulnera preceptos jurídicos esenciales. Así se lo hizo saber a la Consejería de Educación del Gobierno aragonés, pero ésta insistió en exigirle que presentara ese certificado y, al no hacerlo, se dispuso a abrir un expediente disciplinario contra esa profesora.

El caso finalmente llegó a la jurisdicción contencioso-administrativa . Lo ha resuelto en primera instancia el titular del juzgado de lo contencioso-administrativo número 3 de Zaragoza, Luis Carlos Martín Osante, que ha amparado a la docente y, de paso, ha abierto la puerta de par en par a que ese decreto por el que se creó el Registro Central de Delincuentes Sexuales acabe siendo anulado por ilegal.

De hecho, el juez considera que no es ajustado a Derecho. Pero como en esta primera instancia contencioso-administrativa no puede sentenciarse en ese sentido, se limita a dar la razón a la profesora y a anular el requerimiento que la Administración aragonesa hizo a esa docente.

En este proceso han concurrido como demandada la Consejería de Educación del Gobierno aragonés, y como codemandada la Administración del Estado, al ponerse en tela de juicio una norma estatal. Ahora tienen la ocasión de recurrir el fallo ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón.

El juez ya advierte que, cuando el fallo sea firme -y si lo es en el mismo sentido que su sentencia-, se debería plantear ante el Tribunal Supremo una cuestión de ilegalidad sobre ese real decreto que creó y reguló el Registro Central de Delincuentes Sexuales.

Él mismo apunta ya el porqué considera que es ilegal, y da cinco motivos : infringe el principio de rango normativo y reserva de ley, porque no es suficiente regular un registro de este tipo con un mero real decreto sino por ley, al afectar a derechos y libertades; la regulación de ese real decreto contradice lo establecido por el Código Penal; vulnera la regulación por ley de los antecedentes penales y sus efectos; vulenra el principio de proporcionalidad; y no respeta el principio de irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales.

Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación