El TSJN no permite colocar la bandera republicana en el Parlamento de Navarra

Considera que «no puede colocarse en el mástil, fachada o balcón de un edificio público» ya que no es oficial

Pamplona Actualizado: Guardar
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La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha suspendido el acuerdo del Parlamento de Navarra por el que pretendían colocar la bandera republicana el próximo día 14 de abril.

El Tribunal suspende la decisión que adoptó la Mesa y Junta del Parlamento el pasado día 3 de abril con los votos de Bildu, Podemos, Partido Socialista de Navarra e Izquierda Unida. Ésta había sido recurrida por la Delegación del Gobierno en Navarra a través del Fiscal del Estado.

Para tomar esta medida, el TSJN se basa en la jurisprudencia existente. Aunque no cuestiona su legalidad, afirma que la bandera republicana «no es bandera constitucional». Por ello, «cuando se trata de un edificio público no se puede hacer uso en el mismo, ni en el balcón principal, ni en cualquiera de sus fachadas o ventanas, se trate o no de un mástil o cualquier otro tipo de exhibición pública, de otra bandera que no sea la oficial».

El acuerdo del Parlamento recogía que la bandera republicana no se colgaría en los mástiles destinados a las banderas oficiales, pero sí se situaría en la fachada de la cámara foral.

Eso sí, al no ser una bandera ilegal, el tribunal afirma que no se trata «de negar el derecho que tiene cualquier partido o grupo político, en su sede o en sus propias dependencias, al uso de la bandera que estime conveniente«.

Esta medida es cautelar, ya que puede presentarse un recurso de reposición. De hecho, la portavoz de Podemos en el Parlamento de Navarra, Laura Pérez, ya advirtió ayer esta posibilidad y pidió mantener el acuerdo «mientras la sentencia no sea firme en el Tribunal Supremo». La portavoz de Izquiera Unida, proponente del acuerdo, afirmó que «se trata de una decisión política, no jurídica».

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