El Supremo llama a declarar a Homs como investigado por la consulta del 9-N

El exconsejero de Presidencia de la Generalitat de Cataluña está citado el 19 de septiembre a las 11.00 horas

Madrid Actualizado: Guardar
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El Tribunal Supremo ha citado como investigado (antes imputado) al exconsejero de Presidencia de la Generalitat y diputado de DiL en el Congreso Francesc Homs para el próximo 19 de septiembre, en relación con la organización de la consulta soberanista del 9-N de 2014.

La declaración se producirá a partir de las 11.00 horas y ha sido notificada al diputado a través del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, pues Homs no ha tomado posesión de su escaño aún, ni tampoco se ha personado todavía en la causa abierta contra él el pasado mes de mayo.

Homs, diputado a pesar de la disolución de las Cortes porque es miembro de la Diputación Permanente, está acusado de presuntos delitos desobediencia, prevaricación y malversación de caudales públicos.

El Supremo, también a través del TSJ catalán, notificó en mayo a Homs el auto en el que se abría la investigación contra él y le ofreció personarse en la causa, lo que no hecho hasta la fecha. En dicho auto, el Supremo declaró su competencia para la instrucción y, en su caso, enjuiciamiento de Homs por los delitos de desobediencia, prevaricación administrativa y malversación, y designó instructor al magistrado Andrés Palomo.

Homs ya compareció en esta misma causa ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), siempre como imputado. En esa instancia, el TSJC, sigue el resto del asunto relativo al 9-N. El juez que instruye la causa del 9-N en el TSJC remitió al Tribunal Supremo todo el caso, al entender que los hechos atribuidos al exconseller de Presidencia Francesc Homs no se pueden desvincular de los cometidos por el expresidente catalán Artur Mas.

Según los fiscales, la clave para imputar a Homs parece ser un informe que el exconseller de Presidencia envió, supuestamente, a una empresa contratista del 9-N. En ese escrito Homs informaba de que las gestiones para preparar la consulta que encargaba a dicha empresa no vulneraban la suspensión de la consulta impuesta por el Tribunal Constitucional.

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