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Ministerio de Exteriores - JOSÉ RAMÓN LADRA

El Supremo admite un recurso contra el Reglamento de la Carrera Diplomática

Ha sido presentado por Sisex, el sindicato mayoritario en Exteriores

Madrid Actualizado: Guardar
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La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha admitido a trámite un escrito de demanda presentado por el sindicato Sisex contra la tramitación desarrollada por el Ministerio de Asuntos Exteriores para elaborar el Reglamento de la Carrera Diplomática, que fue aprobado por el Consejo de Ministros en julio de 2014.

El Reglamento siguió a la aprobación de la Ley del Servicio Exterior y regula el funcionamiento de la Carrera Diplomática, incluidas cuestiones como los requisitos para poder ser nombrado embajador.

La admisión a trámite del recurso, adelantado por la web especializada «The Diplomat in Spain», se produjo después de Semana Santa, tras ser presentado por Sisex, el sindicato mayoritario en Exteriores, que cuenta con un número muy elevado de funcionarios con destino en los servicios centrales del Ministerio, personal laboral contratado en el Exterior y miembros del Cuerpo Diplomático.

Según el escrito de demanda, al que tuvo acceso ABC, Sisex considera que el Ministerio «ha infringido las normas básicas en materia de negociación colectiva, al no haber negociado con ninguna de las organizaciones sindicales legitimadas el contenido del reglamento». En su opinión ha contravenido los artículos 34 y 37 del vigente Estatuto Básico del Empleado Público, en el que se dispone que las normas que fijen los criterios generales en materia de acceso, carrera, provisión, sistemas de clasificación de puestos de trabajo, y planes e instrumentos de planificación de recursos humano serán objeto de negociación colectiva.

Fuentes del sindicato señalan que Exteriores sólo convocó a la Asociación de Diplomáticos Españoles (ADE) y no permitió a Sisex un papel institucional en las consultas.

Asimismo, la demanda pide la impugnación del Capítulo III del reglamento, en especial su artículo 14, por disponer de manera general que el sistema de provisión de puestos de trabajo en el extranjero tenga lugar a través de la libre designación.

Estima el sindicato que se contraviene la legislación actual, según la cual, el sistema de acceso se basa en un concurso de méritos, y considera que se hace un uso abusivo de la libre designación que -dicen- cuando debería de ser para casos concretos y excepcionales.

Sisex también impugna el Capítulo II del reglamento, referido al sistema de ascensos, porque considera que va contra los principios de igualdad mérito y capacidad en el acceso a la función pública.

Por último, los recurrentes rechazan que el reglamento transfiera a la Junta de la Carrera, formada en exclusiva por diplomáticos, «una serie de competencias que son propias de la Junta de Personal y de las mesas de negociación colectivas».

Desde la Oficina de Información Diplomática (OID) se asegura que el Ministerio Exteriores ha cumplido «absolutamente» con los filtros legales en la elaboración y aprobación del citado reglamento y que la admisión a trámite no implica la suspensión de la aplicación del mismo ni de ninguna de sus disposiciones.

De igual modo, indica que Exteriores «responderá en debida forma y tiempo» y piensa que la demanda no prosperará. Agrega que »La Abogacía del Estado está preparada y conoce perfectamente los antecedentes y el procedimiento riguroso seguido en su tramitación hasta su aprobación por el Consejo de Ministros».

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