El peligro de abrir en canal la democracia

La Constitución es susceptible de reformas y el debate político está abierto. Pero no fructificará si se cuestiona la unidad de España con naciones inexistentes y se entierra la democracia representativa

Manuel Marín

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La reforma constitucional se ha convertido en un mantra necesario, en una especie de ilusión óptica sobre la que se está prefabricando la doble idea de que la Constitución de 1978 está obsoleta, y de que cualquier modificación que se haga resolverá automática y milagrosamente todos los problemas de España. El desafío secesionista de Cataluña ha abierto el debate político . Pero también lo empieza a estar socialmente , con grupos políticos empeñados en hacer creer a los españoles que la raíz de los males de nuestra democracia provienen de una Constitución que no se modifica por comodidad, miedos atávicos, por la no superación de complejos derivados de una Transición sobredimensionada y superada, o por temor a reabrir un nuevo periodo democrático o al «encaje» de nuestro modelo de Estado.

Los riesgos de afirmar que el «modelo» no sirve

El populismo, la concepción de una política extremista basada en una exageración límite de la «indignación» social, la presión chantajista de los nacionalistas, la deriva del independentismo , o el propio desconocimiento de nuestra historia, apuntan a un intento de erradicación de los principios y valores de la Carta Magna de 1978, sencillamente porque el «modelo» ya no les sirve. Y el debate ha empezado a calar en una sociedad con al menos dos generaciones de españoles que no vivieron la Transición , y a las que se está empujando a percibir nuestra norma fundamental como desgastada, extemporánea y perpetuadora de un modelo anticuado.

ABC inicia hoy una serie de análisis periodísticos, acompañados de opiniones de expertos constitucionalistas, en los que se pondrá en valor la Carta Magna como el texto que consiguió obrar el milagro de una Transición modélica, y el discurrir del final de una dictadura hacia una democracia que en 40 años de vigencia ha modernizado a España más que en siglos anteriores. La de 1978 es una Constitución que ha convertido a nuestra nación en un modelo internacional de respeto a las libertades y las garantías, el crecimiento económico y la madurez democrática.

Hacia dónde avanzar, qué negociar y cómo pactar

Sin duda, la Constitución es susceptible de ser modificada en aquello que pueda mejorar sus previsiones y los derechos de sus ciudadanos. Pero junto a los «reformistas» iconoclastas también se extiende una corriente política y social partidaria de no «abrir en canal» la democracia solo por dar gusto a quienes quieren sepultar una de las etapas más exitosas de nuestra historia y reemprender el rumbo del totalitarismo. Cambios, sí, pero con una metodología previa que permita intuir hacia dónde se quiere avanzar, qué se quiere pactar, y cuándo procede hacerlo, sin que ello suponga una cesión al secesionismo, la ruptura de la unidad de España, la alteración de la soberanía nacional como concepto, la quiebra de derechos fundamentales, la regulación de quimeras imposibles, o la fractura de la paz social lograda en 1978.

El debate se suscita en torno a varias preguntas que conviene responder porque las consecuencias de abrir ese melón pueden ser irreversibles si no se parte de un concepto homogéneo, nítido y responsable de lo que se pretenda modificar. ¿Hay necesidad de una reforma? Es posible . Y en algunas materias, conveniente. ¿Es factible? En principio no lo parece , en vista de que hay tantos planteamientos de reforma como partidos políticos, algunos de ellos absolutamente incompatibles entre sí. Desde la misma idea de España, a la regulación de la vida, la muerte «digna» o el laicismo; desde la concepción de qué nuevos derechos deben regularse como fundamentales (vivienda, pensiones…) hasta la devaluación de la propia democracia representativa en favor de la democracia directa; desde la concepción de un Estado Federal hasta el futuro de la Monarquía sometida a un hipotético referéndum deslegitimante… Los puntos de vista son divergentes y, a priori, irreconciliables.

La «nación de naciones», un elemento distorsionador

Probablemente sea necesario iniciar un proceso reformista, pero difícilmente será posible culminarlo con la generosidad con que se redactó en 1978 la Constitución. En principio parece una tarea titánica larvada de pesimismo. Necesidad frente a oportunidad. Puede ser necesario, pero no oportuno. O puede ser necesario y oportuno, pero no posible. El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, ha sostenido públicamente que nunca se ha opuesto a una reforma, pero no conoce una «propuesta clara» de qué se pretende modificar, ni cuál es el objetivo . En línea contraria, el PSOE ha ofrecido directrices de s u propuesta federal, que incluiría una «nación de naciones» , en expresión de Pedro Sánchez, para dar cabida a exigencias del soberanismo vasco y catalán. A partir de ahí… solo hay confrontación de ideas, «buenismo» político para simular que el intento reformista es sincero, y generación de expectativas de difícil cumplimiento.

El tacticismo político puede generar falsas expectativas

Por ello conviene no generar falsas expectativas en la ciudadanía. Más cuando el desafío separatista catalán ha despertado un sentimiento de pertenencia a España y de reafirmación de la soberanía nacional. O cuando el propio independentismo ha admitido que ni son mayoría ni estaban «preparados». El peligro de incitar de modo sobreactuado una reforma constitucional obligada por la presión política, o por el mero tacticismo improvisado de algunos partidos en estado de necesidad, es evidente.

La Constitución española, a diferencia de la italiana (1947) o de la alemana (1949), no excluye ninguna materia de una posible reforma. No está blindada y es factible reformar la totalidad del texto. En Alemania, la Ley Fundamental de Bonn prohíbe expresamente modificar la división de la federación en Estados o el principio de participación de los Estados en la función legislativa. Y en Francia (1958) o en Italia, a su vez, se prohíbe alterar la «forma republicana de Gobierno». En España, nada queda prohibido.

Y sin embargo, tenemos el mérito de gozar del segundo texto de más larga vigencia en nuestra historia (solo superada por la Constitución de 1876, en vigor 47 años), o de haberla modificado solo en dos ocasiones, y sin recurrir al método agravado de reforma.

La diferencia entre «el pueblo español» y «los pueblos de España»

Los temores reformistas no tienen por qué ser fundados a priori. En Alemania, la Carta ha sido alterada en 55 ocasiones, y en Francia, 24. Los cambios adaptan y mejoran. Pero no destruyen lo conseguido. En cambio, en España hay movimientos que propugnan una reforma sustancial del modelo de Estado para desvirtuar la esencia de nuestro sistema constitucional, de modo que es ocioso alertar del riesgo de que el titular de la soberanía deje de ser el pueblo español (artículo 1.2), para que lo sean «el pueblo español y los pueblos de Estaña». Aceptarlo implicaría reconocer la titularidad de la soberanía a los «territorios» o la configuración de un Estado federal de consecuencias jurídicas mucho más serias que las meramente semánticas .

Sustituir el término «nacionalidades y regiones» por «naciones» para reconocer la plurinacionalidad de España sería estéril si ello no llevase aparejadas consecuencias jurídicas. Un simple juego de palabras no justifica una reforma constitucional –menos aún agravada–, porque si el reconocimiento de la plurinacionalidad lleva aparejados nuevos derechos para los territorios y autonomías, se estaría comprometiendo la propia definición del poder constituyente y del titular de la soberanía.

No a la apertura de un nuevo proceso constituyente

La reforma de la Constitución no puede convertirse en un proyecto antisistémico para alcanzar una nueva transición que deslegitime nuestra historia y el espíritu conciliador de 1978. El valor de la democracia representativa frente a la democracia orgánica, centralizada, popular, directa o participativa, es el valor de las instituciones frente al caos.

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