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Iñaki Urdangarin asistía a la presentación de las conclusiones del juicio del caso Nóos el pasado mes de junio - EFE
Caso Nóos

Ocho largos meses de espera

El juicio del caso Nóos acabó en junio del pasado año, tras una instrucción previa que había empezado en 2010

Palma de Mallorca Actualizado: Guardar
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El 22 de junio del pasado año finalizaba en Palma el juicio del caso Nóos. Casi ocho meses después, este viernes, se ha hecho finalmente pública la sentencia. El fallo debería de haberse conocido, en principio, a finales del pasado año. Sin embargo, la Audiencia Provincial de Palma había concedido a la presidenta del tribunal, Samantha Romero, una prórroga hasta el 31 de marzo para poder seguir trabajando en exclusiva en la causa.

Romero había solicitado dicha prórroga tanto por la enorme complejidad del caso Nóos como por el hecho de que, al parecer, existieron discrepancias entre las tres magistradas que componen el tribunal —Romero, Eleonor Moyà y Rocío Martín— con respecto a las penas que debían ser impuestas finalmente a algunos de los acusados.

En una causa de estas características, era deseable que las principales decisiones fuesen acordadas por unanimidad.

Cabe recordar que la instrucción del caso Nóos empezó en 2010 y que entró en su fase última y definitiva el 22 de diciembre de 2014. Aquel día, el titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Palma, José Castro, dictaba el auto de apertura de juicio oral de esta pieza separada del caso Palma Arena. Entre las 17 personas acusadas se encontraban los dos impulsores del Instituto Nóos, Diego Torres e Iñaki Urdangarín, así como también el expresidente autonómico Jaume Matas, varios exaltos cargos políticos y finalmente también Doña Cristina. Hubo que esperar aún algo más de un año para que el juicio empezase finalmente, en concreto, el 11 de enero de 2016.

El juicio del caso Nóos se centró, esencialmente, en intentar dirimir si las sociedades que conformaban el grupo Nóos habrían realizado los trabajos por los que fueron contratadas, si la facturación utilizada o las condiciones laborales de los empleados fueron conformes a la ley y si las administraciones que contactaron con Torres y con Urdangarín cometieron algún tipo de irregularidad. En ese sentido, la mayor parte de las sesiones del juicio trataron sobre los convenios firmados por el Instituto Nóos con la Generalitat Valenciana y con el Gobierno balear para la organización de los Valencia Summit —entre 2004 y 2006— y los Illes Balears Fórum, en 2005 y 2006.

En sus respectivas comparecencias ante el tribunal, tanto Torres como Urdangarín coincidieron en descargar sobre varios de sus más directos colaboradores algunas de las decisiones más controvertidas tomadas en el seno del grupo Nóos. Asimismo, dejaron entrever en mayor o menor medida que la Casa del Rey habría estado siempre al tanto de las actividades de los dos desde el principio.

Por su parte, la práctica totalidad de los acusados y de los testigos que comparecieron durante el juicio afirmaron que quienes dirigían Nóos eran sólo Torres y Urdangarín. En cuanto al papel desempeñado por la Zarzuela, dichos testigos dijeron que habría sido justo el contrario del señalado por ambos encausados, pues de hecho Urdangarín fue forzado a dimitir como presidente del Instituto Nóos en marzo de 2006, poco después de que aparecieran en los medios las primeras informaciones críticas sobre las actividades de dicha entidad.

El fiscal Anticorrupción Pedro Horrach mantuvo finalmente la petición inicial de 19,5 años de prisión para Urdangarín y de 16,5 años para Torres, como presuntos autores de los delitos de prevaricación, fraude, tráfico de influencias, malversación, contra la Hacienda Pública, falsedad, estafa, falsificación y blanqueo de capitales.

Por lo que respecta a Doña Cristina, durante su declaración ante el tribunal —realizada el 3 de marzo— afirmó que confiaba en su marido y recalcó que nunca se ocupó de la gestión de Aizoon, la mercantil cuya titularidad compartía el matrimonio. Los testimonios posteriores de todos los testigos que hablaron sobre esta última cuestión fueron coincidentes con lo expuesto previamente por la Infanta.

Aun así, la acusación popular ejercida por Manos Limpias, a través de la abogada Virginia López Negrete, mantuvo su petición inicial deocho años de cárcel para Doña Cristina, por el presunto delito de cooperadora necesaria en los dos supuestos delitos fiscales cometidos por su marido en 2007 y 2008 a través de Aizoon. En cambio, el Ministerio Público y el resto de acusasiones siempre defendieron que la Infanta nuncajusdebería haberse sentado en el banquillo de los acusados, al no haber cometido ningún delito.

Horrach entendía que Doña Cristina sólo debía ser considerada partícipe a título lucrativo de las supuestas irregularidades tributarias cometidas por su esposo. Una presunta actuación de ese tipo en ningún caso supone un delito, pero obliga a devolver todo el dinero gastado. En ese contexto, cabe recordar que en diciembre de 2014 la Infanta abonó 587.000 euros como fianza para cubrir su presunta responsabilidad civil.

Por lo que respecta al propio desarrollo de la vista oral, hubo, como era de esperar, numerosos momentos reseñables. Podrían recordarse aquí las situaciones de tensión vividas entre las defensas y las acusaciones, algunos enfados de la presidenta del tribunal, el progresivo cambio de actitud de la Infanta, el farragoso desarrollo de varias sesiones o el profuso uso de citas en las últimas jornadas del juicio.

Por otro lado, un hecho destacado vinculado a Manos Limpias fue que durante el juicio, en concreto en el mes de abril, dicho sindicato se vio afectado directamente por un caso de presunta corrupción en su seno. Esa situación derivó en el ingreso en prisión del secretario general de Manos Limpias, Miguel Bernad, por supuesta extorsión. El abogado de Torres, Manuel González Peeters, pidió entonces la expulsión del sindicato de la vista oral, pero la presidenta del tribunal decidió finalmente mantenerlo en la causa.