Caso Puigdemont

«No cumplir una euroorden implica no reconocer la soberanía de un Estado»

Los jueces ven necesario acuerdos para no cuestionar la legislación ajena

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Nati Villanueva

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El periplo de los siete huidos que durante meses han campado a sus anchas por distintos países de Europa pone sobre la mesa el debate sobre la cooperación judicial entre países de la UE, una colaboración basada en un principio de confianza que podría quebrarse en las próximas semanas si los cuatro países que tienen que decidir sobre la entrega de los prófugos rebeldes del «procés» adoptaran decisiones contradictorias.

Las autoridades judiciales de Alemania, Bélgica, Reino Unido y Suiza (esta última, fuera de la UE, y ahora pendiente, a su vez, de la entrega del confidente Falciani) tienen en sus manos el horizonte penal de siete nacionales españoles procesados por un delito de rebelión. Al no formar parte ese delito de los 32 cuya entrega se produciría de forma automática entre países miembros de la Unión, son sus respectivos tribunales los que tienen que acceder a la entrega conforme al principio de doble incriminación, es decir, que el delito en cuestión esté tipificado en el país que estos delincuentes eligieron como «paraíso judicial» . Y es que si un paraíso fiscal es aquel que no persigue adecuadamente lo que es delito en otro, algunos de los destinos elegidos por los exdirigentes independentistas huidos bien podrían asimilarse a aquéllos.

Quince años después de la entrada en vigor de la euroorden ha llegado la hora de plantear una reforma que permita dar cumplimiento a la verdadera finalidad de este instrumento de cooperación: una entrega exprés o automática en la que no se cuestione lo que el derecho interno de un país considera delito. Esta es la opinión de los expertos.

Celso Rodríguez. APM

A diferencia del proceso de construcción económica y política, el espacio de libertad, justicia y seguridad de la UE se está desarrollando con «excesiva lentitud», sostiene el portavoz de la mayoritaria APM. Prueba de ello es que en este momento no hay un reconocimiento mutuo de las resoluciones judiciales. De ahí los «tropiezos» con los que se encuentra la euroorden.

A juicio de Celso Rodríguez , el fiscal alemán que ha informado a favor de la entrega de Puigdemont por los dos delitos por los que ha sido reclamado ha puesto la lupa en algo fundamental: es imposible exigir un mimetismo entre los delitos de dos países porque cada Estado tiene un ordenamiento jurídico singular. « La euroorden descansa en un principio de confianza y nadie puede poner en duda el ordenamiento jurídico de ninguno de los países miembros y el respeto a los derechos y libertades de los justiciables. Que existan países en los que se refugian intencionadamente personas es una quiebra en el proceso de madurez» del espacio jurídico de la UE.

Rodríguez tilda de «muy grave» el intento de secesión protagonizado por el anterior gobierno de Cataluña, un delito, el de rebelión, castigado en el Código Penal español con 25 años de cárcel. «El hecho de que un país se burle porque piensa que esto es un proceso político es un argumento bastante débil. Un ordenamiento jurídico que no puede tacharse de desfasado ni de discrepante con derechos fundamentales no resulta compatible con que haya tropiezos como los que ahora mismo estamos detectando en algún país», apunta. En esta línea, opina que «no cumplir una euroorden implica no reconocer la soberanía de un Estado, negar una parte de nuestra soberanía, la capacidad de un país para legislar y aplicar su derecho».

Para Rodríguez, deberían impulsarse las reformas necesarias para que se produjera un avance en la construcción de ese espacio de libertad, justicia y seguridad que todavía no se percibe. «Es intolerable la falta de confianza de unos países en el sistema judicial de otros» . Y a su juicio, lo que demuestra la quiebra de la euroorden es que no haya un reconocimiento mutuo de resoluciones judiciales. «No es que se desconfíe del ordenamiento jurídico nuestro; es pretender que se juzgue conforme al suyo, que es más grave». Se refiere el portavoz al requisito de la doble incriminación, es decir, que no baste con que el delito esté tipificado en la legislación del país que reclama, en el que el nacional ha delinquido. «Ese requisito de la doble incriminación es el extremo más contrapuesto al principio de confianza que nos podamos encontrar», dice.

Por ello considera que sería un avance que la UE homologara los sistemas penales respetando la idiosincrasia de cada país. Si hubiera una verdadera confianza entre los Estados miembros de la UE no sólo sobraría esa lista cerrada de delitos en los que la entrega es automática, sino el propio principio de la doble incriminación.

Raimundo Prado. Francisco de Vitoria

Para el portavoz de la asociación Francisco de Vitoria, la segunda en número de afiliados, la euroorden ha supuesto un enorme avance en materia de cooperación europea porque es un procedimiento sencillo que está funcionando. «El problema es cuando hay que especificar tipos delictivos que exceden de la euroorden y se entra ya en la legislación interna de cada país».

Prado coincide con su compañero de la APM en que si estamos en la UE es porque hemos firmado tratados internacionales en materia de derechos humanos . La confianza entre Estados es, por tanto, básica. «Algo rechina cuando un país se niega a entregar a un nacional de otro», dice.

El portavoz recuerda que los jueces se limitan a aplicar la euroorden como herramienta de cooperación y que cualquier modificación que se haga no es una tarea que les corresponda a ellos, sino a los políticos a través de acuerdos, directivas o convenios con los países miembros de la Unión. Prado opina que el país al que se reclama a un nacional no debería analizar la actuación del poder judicial (en este caso) español. «Una orden de detención tendría que ser simple: arrestar y punto. La confianza se basa precisamente en que otro país te diga que hay indicios de delito», apunta.

A su juicio, esa orden debería funcionar como el exhorto, el auxilio judicial a otro juzgado dentro del mismo país. «Se trataría simplemente de legalizar una situación», dice. Así, si una persona ha matado a su mujer en Lugo y después huye y se refugia en Málaga, el juez de Málaga, a instancias de aquel, sólo decretará la prisión del delincuente, sin cuestionar la actuación de las diligencias abiertas por su compañero de Lugo.

Ignacio González. Jueces para la Democracia

Para el portavoz de la progresista Asociac Ignacio Gonzalez (JPD), la orden de detención europea o euroorden funciona de forma razonable para delitos más o menos graves pero con una regulación similar. Recuerda el caso reciente de Sergio Morate, el asesino de las jóvenes Laura del Hoyo y Marina Okarunska. Tras matar a su exnovia y a una amiga de ésta el 6 de agosto de 2015 en Cuenca, el día 14 de ese mes fue detenido en Rumanía. El 24 de agosto el tribunal aceptaba la entrega a España, que se produjo el 6 de septiembre. La orden se ejecutó en apenas veinte días.

Como Prado, González recuerda que el proceso de construcción de la Unión Europea está en pleno desarrollo y el reconocimiento de resoluciones judiciales no es automático. Para ello, dice, se necesita con carácter previo una «armonización de legislaciones».

Esta armonización se está consiguiendo con los delitos de odio o de blanqueo de capitales, que tienen una regulación similar en todos los países, pero «hay que ir paso a paso porque los Estados no cambian fácilmente las legislaciones».

Reconoce que las cosas se complican al estar los seis procesados reclamados desperdigados en varios países. A ello se suma, dice, que el requisito de la violencia propio del delito de rebelión «no es una cuestión pacífica ni dentro ni fuera de nuestro país».

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