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Vídeo: La Junta Electoral declara inelegible a Otegi. Atlas

La Junta Electoral de Guipúzcoa decide que Otegui no puede ser candidato

El órgano resuelve que el líder abertzale es «inelegible» y ratifica la sentencia de la Audiencia Nacional

Madrid Actualizado: Guardar
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La Junta Electoral de Guipúzcoa ha resuelto que Arnaldo Otegui no puede presentarse como candidato a lendakari de EH Bildu a las elecciones vascas del próximo 25 de septiembre y ratifica así la sentencia de la Audienca Nacional que le inhabilita para ejercer un cargo público hasta 2021 al ser condenado en el año 2011 por pertenencia a ETA.

Así se lo ha comunicado el órgano este miércoles al partido. Según informaron a Europa Press fuentes del órgano electoral, la Junta tomó ayer la decisión -el primer día del plazo para estudiar las candidaturas- después de reunirse durante toda la mañana y esta mañana se lo ha comunicado a la formación. La resolución se hará oficial el 29 de agosto, tras la subsanación de errores en las listas.

Bildu debe corregir las listas

La coalición soberanista tendrá hasta el día 28 para corregir las irregularidades que se hayan detectado en sus listas. EH Bildu tendría la posibilidad de, según establece la Ley, sustituir a Arnaldo Otegui por otro candidato, aunque EH Bildu ya ha anunciado que no lo haría.

De no ser así y si finalmente los tribunales determinaran que Otegui no puede ser candidato, correrían las listas y Maddalen Iriarte pasaría a encabezar la lista de Guipúzcoa, y uno de los suplentes entraría en la candidatura.

El día 29 la Junta comprobará si se han subsanado los errores de las listas y proclamará las candidaturas oficiales, que se publicarán el 30 en el BOPV. Será entonces cuando se conozca la decisión definitiva del órgano electoral sobre la candidatura de Otegi.

A partir de entonces, el abogado de Otegui, Iñigo Iruin podrá recurrir la resolución de la Junta Electoral en un plazo de dos días ante el Juzgado de lo Contencioso de San Sebastián, que tendrá hasta el 2 de septiembre para resolver.

La decisión que finalmente adopte este tribunal puede ser impugnada el 4 de septiembre ante el Tribunal Constitucional, que tendrá un plazo de hasta las doce de la noche del día 7 de ese mes para dictaminar si Otegui puede concurrir o no a los comicios.

La decisión

La Junta, integrada por tres magistrados de la Audiencia Provincial, María del Carmen Bildarraz, Jone Unanue y Felipe Peñalba, así como por la decana del Colegio de Abogados de este territorio, Lurdes Maiztegi, y el catedrático de Derecho Administrativo de la EHU-UPV, Iñaki Agirreazkuenaga, se reunió esta pasado martes para analizar todas candidaturas de cada uno de los partidos que concurren a los comicios del 25 de septiembre y en la jornada del miércoles ha dado a conocer su decisión.

Entre otras cosas, analizó el caso de Otegui para determinar si cumple los requisitos establecidos en la Ley para poder presentarse como aspirante a lendakari a las elecciones autonómicas. El pasado mes de mayo este órgano electoral ya recibió, por medio de la Junta Electoral Central, el auto de la Audiencia Nacional por el que se ejecutaba la sentencia de inhabilitación de Arnaldo Otegui por el denominado Caso Bateragune –de reconstrucción de la ilegalizada Batasuna–, y establecía que hasta el año 2021 no podía concurrir a comicios. Posteriormente, recibió de la Fiscalía informe en el que señalaba que, en base a la sentencia condenatoria, Otegui era «inelegible» como candidato.

Antes de dar a conocer la decisión de la Junta Electoral, fuentes del órgano judicial ya adelantaron a Europa Press que éste no iba a entrar en el fondo del asunto y se iba a limitar a comprobar si existe una sentencia firme de inhabilitación contra el aspirante de la coalición soberanista, una de las causas de inelegibilidad para presentarse a los comicios.

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